Curules de paz son constitucionales: Procuraduría General de la Nación

La procuradora Margarita Cabello aseguró que la creación de estas curules garantiza la participación de los ciudadanos que hacen parte de grupos minoritarios en el Congreso de la República

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Foto de archivo. Imagen del Congreso de Colombia en un debate en la sede del legislativo en Bogotá, Colombia, 18 de diciembre, 2018. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo. Imagen del Congreso de Colombia en un debate en la sede del legislativo en Bogotá, Colombia, 18 de diciembre, 2018. REUTERS/Luisa González

La procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, afirmó que las curules de paz son constitucionales.

Luego de que se requiriera el concepto sobre estas curules por parte de la Procuraduría General de la Nación, este viernes 4 de febrero el Ministerio Público avaló la creación de las 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes, en los periodos 2022-2026 y 2026-2030.

En el concepto enviado a la Corte Constitucional, la procuradora Margarita Cabello señaló que la creación de las curules de paz garantiza la efectiva participación de los ciudadanos que hacen parte de los grupos minoritarios en la instancia de decisión nacional más importante, como lo es el Congreso de la República.

Cabello señaló que la representación política reconocida con la creación de las curules especiales de paz “busca consolidarse como medida de reparación, no solo frente a las víctimas acreditadas sino extensible a la población que habita aquellos territorios abandonados por el Estado”, lo que permite legitimar las decisiones que se adopten en el Congreso, al tiempo que pueden velar por el respeto de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

Así mismo, aseguró que ese cambio en la composición de la Cámara de Representantes es razonable, pues en la Constitución se establece el funcionamiento de las circunscripciones especiales con el objetivo de favorecer grupos minoritarios al permitir que tengan representación.

“Desde esta perspectiva se advierte como fin legítimo de la reforma constitucional estudiada la necesidad de involucrar a las víctimas y habitantes de los territorios más afectados por el conflicto armado en el escenario político del país, dado el protagonismo que asumieron con la firma del acuerdo final”, expresó la procuradora.

Así mismo, recordó que la reforma que dio vida a las curules de la paz fue promulgada en un contexto transicional de reparación integral y no repetición, con lo que se asegura la representación de las víctimas y habitantes de territorios abandonados en el escenario político de la nación, al tiempo que se regula dicha participación en el certamen electoral con ajuste a reglas especiales y con el rigor de la transparencia exigida.

Cabello habló de algunas dificultades para implementar las curules

Aunque la procuradora aseguró que la creación de las curules de paz es constitucional, señaló que hay dificultades para implementarlas, entre esas, resaltó que varias víctimas ya no están en sus territorios por lo que no hacen parte de los procesos de elección.

“La regulación expedida debió haber garantizado el derecho a elegir a todas las víctimas y no limitarla a algunas de ellas por medio de restricciones geográficas”, dijo Margarita Cabello.

Respecto a la presencia de grupos armados ilegales en los territorios definidos para adelantar las votaciones, resaltó que es un factor que puede generar efectos en la campaña electoral, razón por la que entidades como la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo han emitido alertas y prevenido a las autoridades territoriales para preservar la vida y la seguridad de quienes allí residen.

Sobre la falta de consenso, sostuvo que la adopción de una medida tan relevante para el país requería ser adoptada con el mayor acuerdo político posible, pues, por ejemplo, “la mayoría con la que contó en una de las plenarias fue exigua”.

“Así las cosas, se puede afirmar que esta reforma ha generado posturas divergentes en la sociedad y en las instituciones, y más allá de las discrepancias procesales en su formación, lo cierto es que no se incluyó a la totalidad de las víctimas y podrían presentarse escenarios electorales impactados por grupos al margen de la ley, lo que hace al Acto Legislativo 02 de 2021 sea insuficiente en términos de reparación”, precisó en el concepto.

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