Anulan la elección de Iván Name como segundo vicepresidente del Senado

El Consejo de Estado ordenó adelantar nuevamente la elección sin que se excluya a ningún candidato que la oposición decida postular

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Bogotá. Julio 20 de 2016.
Bogotá. Julio 20 de 2016. Elección mesa directiva del Congreso. En la foto: Iván Name 2do vicepresidente. (Colprensa - Diego Pineda)

A través de una sentencia de única instancia del 3 de febrero de 2022, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Iván Leónidas Name Vásquez como segundo vicepresidente del Senado de la República.

Es así que el alto tribunal determinó que se presentaron irregularidades en el proceso de votación y elección que se celebró en la instalación del Congreso el pasado 20 de julio

Para la Sala Electoral quedó demostrado que para elegir segundo vicepresidente del Senado de la República la oposición postuló a su candidato, el senador Gustavo Bolívar, pero al realizar la votación éste obtuvo menos apoyos que el voto en blanco.

Esta situación generó que el presidente del Senado decidiera que lo procedente, aplicando el artículo 258 de la Constitución Política, era abrir nuevamente la convocatoria y adelantar la respectiva votación, excluyendo al senador Bolívar, que ya había participado y que fue derrotado por el voto en blanco.

Ante esto, el Partido Verde postuló al senador Name, que finalmente obtuvo la mayoría de los votos necesarios para lograr su elección como segundo vicepresidente del Senado de la República.

La Sala Electoral del Consejo de Estado, al analizar la aplicación el artículo 258 de la Constitución, concluyó que su contenido y la consecuencia de repetir la votación con diferentes candidatos, solamente aplica para las elecciones populares que tienen por finalidad elegir a miembros de corporación pública, gobernador, alcalde o en la primera vuelta en las elecciones presidenciales, pero no para conformar la mesa directiva del Senado.

A su vez, el Consejo de Estado también encontró que se incumplió el Estatuto de la Oposición en su artículo 18, porque cuando se postuló el demandado no existió la unanimidad requerida para que un integrante del Partido Verde pudiera acceder nuevamente a dicha dignidad durante este cuatrienio.

De acuerdo con las irregularidades señaladas, el Consejo de Estado decidió anular la elección y le ordenó al presidente del Senado de la República adelantar nuevamente la elección de la segunda vicepresidencia, sin que se excluya a ningún candidato que la oposición decida postular y que atienda las exigencias previstas en la Ley 1909 de 2018.

Según información de Blu Radio, Iván Name ya fue notificado y ahora está evaluando si impugna, en caso de que decida no controvertir la decisión, deberá repetirse la votación, pero después del 16 de marzo, una vez se reanuden las sesiones ordinarias.

El senador Gustavo Bolívar, una vez se conoció el fallo, ponderó que el Consejo de Estado defendió los derechos de las minorías y ratificó que esa elección se la “robaron entre un sector del Partido Verde y las mayorías uribistas del Senado. Para verdades el tiempo”.

¿Choque de trenes?

El Consejo Nacional Electoral, en octubre pasado, negó las solicitudes realizadas en contra de la elección de Name. Esto en el marco de una acción de protección realizada por congresistas que alertaban sobre la presunta vulneración al derecho a la participación en mesas directivas de plenarias de las corporaciones públicas de elección popular.

Según el Consejo Electoral, los congresistas acertaron al repetir la elección con candidatos diferentes a los ya postulados “lo cual evidencia el disenso de los electores frente al aspirante, por lo que no le correspondía asumir la segunda vicepresidencia de la mesa directiva, ni era dable postular nuevamente”.

Así mismo, agregó que, “Si bien la postulación del referenciado senador no se realizó mediante acuerdo entre la totalidad de organizaciones políticas declaradas en oposición al Gobierno Nacional, es importante mencionar que las desavenencias presentadas dentro de este proceso de elección hicieron que su presidente tomara decisiones que permitieran proteger los derechos de las organizaciones políticas en mención”.

Para el organismo, pese a que no hubo unanimidad en los partidos de oposición y se presentaron divergencias entre las organizaciones políticas, la representación en las mesas directivas se cumplió, imperando la efectividad y prevalencia del derecho sustancial.

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