DIAN fiscalizará operaciones con criptomonedas en Colombia

Según la entidad esta medida tiene como fin de ayudar en la lucha contra la evasión fiscal, lavado de activos y financiamiento del terrorismo

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FILE PHOTO: Dian fiscalizará en operaciones con criptomonedas en Colombia
FILE PHOTO: Dian fiscalizará en operaciones con criptomonedas en Colombia

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó que se iniciarán acciones para garantizar el control fiscal sobre operaciones con Bitcoin y otras criptomonedas en Colombia. Esto, según la entidad, con el fin de ayudar en la lucha contra la evasión fiscal, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Esta decisión se dio a conocer este 28 de enero, mediante comunicado de la DIAN, en el que señala que “estas acciones obedecen al convenio con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), firmado entre Colombia y Finlandia, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en operaciones con criptomonedas.”

“Estas acciones buscan establecer un control tributario a los contribuyentes omisos o inexactos que en el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios no registraron los ingresos obtenidos por operaciones con criptomonedas o los registraron de manera inexacta” continúa diciendo el texto.

Al respecto, la DIAN ha expedido oficios relacionados con el manejo fiscal y correcta declaración de los criptoactivos”, señala el comunicado oficial de la entidad.

Colombia se ha destacado como uno de los mercados de la región latinoamericana, con mayor adopción de los activos digitales.

En el país hay 687 sitios en donde se pueden pagar productos y servicios con criptomonedas, especialmente bitcoin, y la cifra sigue subiendo, así como las transacciones en ese criptoactivo, que en 2020 llegaron a US$147 millones, según cifras publicadas por Portafolio.

Según Erick Rincón, presidente de la Asociación Colombia Fintech, en el país se negocian hasta $70.000 millones en criptoactivos al mes, de los cuales la gran mayoría son en bitcoin.

La DIAN sostuvo que “el convenio entre ambas autoridades es para un cooperación, con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en operaciones con criptomonedas realizadas en el país, que facilitan el avance y la innovación en acciones de fiscalización tributaria que se ajustan a las nuevas dinámicas”, dice el comunicado.

Y es que esta noticia llega justo cinco días después, de que esa misma entidad, señalara a dos personas de irregularidades al momento de declarar sus impuestos en 2019, ya que no hicieron mención a transacciones con criptomonedas realizadas a través de LocalBitcoins.

Según el DiarioBitcoin, las personas señaladas tuvieron que “asumir el pago de multas por operaciones comerciales con criptomonedas realizadas en 2019, las cuales aparentemente no fueron debidamente reportadas en la declaración del Impuesto sobre la renta para el año correspondiente”:

“Las notificaciones respectivas corresponden con los casos de dos residentes del departamento de Santander. las mismas tenían como objetivo, evidenciar las posibles inexactitudes en la declaración de impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019 por operaciones realizadas con criptomonedas”, señala la investigación de DiarioBitcoin.

Ambas personas son advertidas sobre ciertas inconsistencias existentes en cuanto al reporte realizado para ese año y se les detalla la cantidad de operaciones comerciales realizadas y un cálculo aproximado de los movimientos de capital asociados en su equivalente a pesos colombianos.

Los informes además, les hace una llamado a los investigados a “constatar las inconsistencias y hacer las correcciones aplicables según sea el caso en las declaraciones correspondientes, todo en el marco de lo establecido por el artículo 644 del Estatuto Tributario Nacional”.

La DIAN a su vez les advierte el pago de las multas respectivas, después de estudiar y analizar toda la información asociada a las negociaciones con bitcoin.

Las multas pueden ir entre el 10 y 20% “del mayor valor a pagar o del menor saldo a su favor, según el caso, que se genere entre la corrección y la declaración inmediatamente anterior a aquella,”, finaliza el informe de advertencia de la DIAN a estas dos personas.

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