Corte Constitucional declara que hay violación masiva del Acuerdo Final de Paz

La figura de Estado de Cosas Inconstitucional la utiliza el alto tribunal cuando hay una vulneración masiva y generalizada de varios derechos constitucionales que afecta a un número significativo de personas

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Foto de archivo de exguerrilleros
Foto de archivo de exguerrilleros de lass FARC particcipando en una marcha en demanda de garantías y cumplimiento del acuerdo de paz con el gobierno de Colombia en Bogotá. Nov 1, 2020. REUTERS/Luisa Gonzalez/File Photo

En la tarde de este jueves 27 de enero la Sala Plena de la Corte Constitucional emitió un fallo en el que declara un Estado de Cosas Inconstitucional por las fallas en la implementación del componente de garantías de seguridad para los excombatientes de las Farc que se sometieron al acuerdo de paz.

La figura del Estado de Cosas Inconstitucional se usa en casos de vulneración masiva y generalizada de varios derechos constitucionales que afecta a un número significativo de personas.

La decisión se tomó tras el estudio de cinco tutelas presentadas por excombatientes ubicados en Nariño y Guaviare que denunciaron amenazas graves contra su vida e integridad personal. Una situación que corroboró el alto tribunal y determinó que sus derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal y a la paz fueron desconocidos por la Unidad Nacional de Protección (UNP).

La Corte dictó órdenes puntuales para restablecer estos derechos considerando el alto número de firmantes del Acuerdo Final de Paz que han sido víctimas de homicidio y el bajo nivel de implementación de las normas sobre garantías de seguridad para los desmovilizados.

Dichas órdenes son las siguientes:

- Ordenar a la UNP que dentro de los cuatro meses siguientes a la notificación de la presente decisión revalúe el riesgo que enfrentan las y los firmantes del acuerdo de paz en proceso de reincorporación y quienes integran el partido comunes así como otras personas que se encuentren en situaciones similares de riesgo.

- Reevaluar los riesgos de los esquemas de protección colectiva en los antiguos espacios territoriales de capacitación y reincorporación para mantenerlos o fortalecernos de ser necesario nuevos esquemas para ello empezar con la contratación y la formación de los agentes escoltas para suplir las necesidades.

- Declarar el Estado de Cosas Inconstitucional por el bajo nivel de cumplimiento y la implementación del componente de garantías de seguridad a favor de los excombatientes.

- Ordenar a la Procuraduría General de la Nación crear un mecanismo especial de vigilancia del cumplimiento de la sentencia con el auxilio de la Defensoría del Pueblo. La Corte también creará una sala especial de seguimiento y cumplimiento hasta que se logre la superación del Estado de Cosas Inconstitucional.

- En el término de tres meses el Gobierno nacional y el Consejo Superior de la Judicatura adoptarán las medidas administrativas y financieras necesarias para el funcionamiento.

01-11-2020 Marcha por la Vida
01-11-2020 Marcha por la Vida y por la Paz de la FARC para exigir el fin de la violencia y que se cumplan los Acuerdos de Paz POLITICA SUDAMÉRICA COLOMBIA FARC

- Ordenar al Gobierno nacional adopte las medidas que le permitan cumplir las garantías de seguridad previstas en el acuerdo de paz, de modo que se facilite la reinserción efectiva y pronta a la vida civil de quienes se desmovilizaron y de sus familiares.

- Ordenar al Gobierno nacional disponer de la asignación presupuestal suficiente para asegurar que las personas firmantes del acuerdo de paz que ejerzan liderazgo político o social tengan la protección requerida en el marco de las actividades que están llamadas a desarrollar.

- Priorizar a los municipios y regiones especialmente afectadas por la violencia de grupos armados y la ausencia del Estado (Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca) para descongestionar los análisis de riesgos represados en la UNP.

- Aplicar con rigor los principios de presunción del riesgo extraordinario y realizar un análisis detallado del contexto para evitar actuaciones dilatorias que aumenten innecesaria el riesgo de seguridad que enfrentan las personas desmovilizadas.

Aquí la declaración de la Corte sobre esta declaratoria:

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