Confirman sanción para exfuncionarios de la Gobernación de Putumayo por irregularidades en el PAE

Debido a que los exfuncionarios señalados ya no hacen parte de la administración departamental, la sanción será económica

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Imagen de referencia del PAE en La Guajira. Foto: archivo
Imagen de referencia del PAE en La Guajira. Foto: archivo

La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción para varios exfuncionarios de la Gobernación de Putumayo por las irregularidades en el Plan de Alimentación Escolar (PAE) mientras ejercían en la entidad territorial.

En fallo de segunda instancia, el Ministerio Público reafirmó la sanción de suspensión por diez meses a los entonces secretarios de Educación de Putumayo Jorge Enrique Ferrín Dorado; de Servicios Administrativos, con funciones de gobernador de Putumayo encargado Óscar Darío Mallama Quetama (2017); y de nueve meses al exjefe de la Oficina de Contratación José Luis Moreno Lozano.

La Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento ratificó el fallo de primera instancia que estableció la existencia de faltas disciplinarias de los exmiembros de la gobernación por desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y el deber de selección objetiva que rigen la contratación estatal.

En el caso de los exsecretarios de Educación y de Servicios Administrativos, son cuestionados por adjudicar el proceso de Licitación Pública SED- LP-004-2016 y celebrar el Contrato de Suministro de Alimentos 023 de 2017, con irregularidades.

De acuerdo con la Procuraduría General de la Nación, los exfuncionarios aprobaron pliegos de condiciones “carentes de reglas objetivas, justas, claras y completas”.

Con respecto al exjefe de la Oficina de Contratación, el ente de control determinó que no ejerció de manera adecuada, ajustada y en debida forma la coordinación en la preparación, proyección y elaboración de actos precontractuales para la licitación.

Según el Ministerio Público, José Luis Moreno tampoco apoyó a la Secretaría de Educación para la respuesta a las observaciones de índole jurídico formuladas al pliego de condiciones, ni la evaluación de los requisitos habilitantes de naturaleza jurídica.

“Para la Procuraduría, a los funcionarios les correspondía garantizar el cumplimiento de los requisitos legales en procesos de licitación, verificar que se cumplieran todas las etapas y procedimientos con el fin de asegurar la selección objetiva del negocio jurídico”, aseguró el ente de control este martes 25 de enero de 2022.

La Procuraduría General de la Nación explicó que debido a que la sanción de suspensión será reemplazada por una económica.

“Dado que a la fecha de la sanción, los investigados por las irregularidades en el PAE ya no se encuentran en la administración departamental, la suspensión se convertirá en salarios de acuerdo con lo devengado para la época de los hechos”, explicó el Ministerio Público.

Gobierno nacional estableció nuevas normas que fortalecen el PAE

El Gobierno nacional expidió una nueva normatividad que permite fortalecer el Programa de Alimentación Escolar en las regiones del país. Se trata de la Ley de Transparencia, Prevención y Lucha contra la Corrupción.

Con la norma, se añade al literal d. al artículo 43 de la Ley 1955 de 2019, extendiendo a diez años la inhabilidad por “haber sido objeto de incumplimiento contractual o de imposición de dos (2) o más multas, con una o varias entidades, cuando se trate de contratos cuyo objeto esté relacionado con el Programa de Alimentación Escolar”.

Así mismo, en el artículo 52 se estableció que las entidades estatales al celebrar un contrato de alimentación escolar, incluyan las cláusulas excepcionales de terminación, interpretación y modificación unilaterales, de sometimiento a las leyes nacionales y de caducidad de los contratos, las cuales, en todo caso se entenderán pactadas aun cuando no se hayan consignado de forma expresa en la minuta contractual.

Según el Gobierno nacional, gracias a lo anterior, se asegura que ante incumplimientos y en caso de presentarse la caducidad, los recursos se liberen para dar continuidad en la prestación del servicio y no afectar a los niños y jóvenes beneficiarios. Y adicionalmente que los proveedores sujetos a la imposición de esta medida sean inhabilitados para celebrar este tipo de contratos con otras entidades estatales.

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