Primer día sin IVA de 2022 será en marzo: Iván Duque

Desde el taller Construyendo País en Malambo (Atlántico), el presidente hizo el anuncio y expresó su interés en que sea un alivio para la economía

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Bogotá, 19 de Junio de
Bogotá, 19 de Junio de 2020. Largas filas en almacenes de Bogotá en el día sin IVA. Lugar: Éxito Villa Mayor Autopista Sur. (Colprensa - Camila Díaz)

El presidente de Colombia, Iván Duque Márquez, anunció este sábado desde Malambo (Atlántico) que el primer día sin IVA de 2022 será el próximo viernes 11 de marzo.

En una nueva edición de su taller Construyendo País, el mandatario aseguró que la fecha tiene la intención de liquidar los inventarios que los comerciantes no hayan podido vender durante la temporada navideña, ayudarle al comercio en su proceso de reactivación económica y contener los efectos de la inflación de la economía colombiana en el primer trimestre de este año.

Según Duque, el Día sin IVA será un aporte significativo para aumentar la capacidad de consumo de los colombianos, que se ha debilitado por la crisis económica reciente.

El presidente Iván Duque anunció que el primer Día sin IVA de 2022 tendrá lugar el viernes 11 de marzo.

¿Cómo funcionan los días sin IVA?

Si piensa programar el bolsillo desde ya, es ideal que tenga claro qué es el día sin IVA. Esta actividad, aprobada en la reforma tributaria de 2021, también conocida como Ley de Inversión Social, permite que los consumidores puedan adquirir determinados productos durante tres días al año sin tener que pagar el impuesto al valor agregado (IVA), que actualmente, es del 19%.

Con las tres jornadas de cada año, el Gobierno espera no solo darles un espacio a los colombianos para que ahorren en la compra de ciertos artículos, sino para que los comerciantes también puedan dinamizar sus ventas. En 2021, los tres días sin IVA fueron el 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre.

Según la ley que estableció los días sin IVA, estos son los productos que se pueden conseguir a un mejor precio durante esas jornadas, siempre y cuando compre tres o menos productos de la misma categoría en la misma factura.

1. Vestuario: prendas de vestir y calzado.

2. Complementos de vestuario: morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas de sol, paraguas, pañoletas y bisutería.

3. Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones: como televisores, parlantes de uso doméstico, ventiladores, refrigeradores, aspiradoras.

4. Útiles escolares: cuadernos, software educativo, lápices, esferos, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, pegantes y tijeras.

5. Juguetes y juegos: muñecas, los muñecos que representen personajes, animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas, diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas y canicas, patinetas y patinetas eléctricas.

6. Elementos deportivos: pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos y espinillas, y zapatos especializados para la práctica de deportes, bicicletas y bicicletas eléctricas, manillas, guantes de béisbol, softbol y boxeo.

7. Bienes e insumos para el sector agropecuario: esta categoría incluye semillas y frutos para la siembra, abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, concentrados y medicamentos para animales.

Asimismo, están incluidos los insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, sistemas de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, y alambres de púas y cercas.

La norma también establece topes máximos de precios por producto de cada categoría; sin embargo, aún no se sabe si esas cifras se modificarán por la inflación o no.

También vale la pena recordar que nunca debe pagar el IVA cuando compre celulares y tabletas que no superen los $798.776; patinetas eléctricas de no más de $1.815.400; computadores por debajo de los $1.815.400; y bicicletas, patines y patinetas que no rebasen los $1.815.400.

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