Este 20 de enero la Sala Plena de la Corte Constitucional votó sobre la despenalización del aborto en Colombia. Una decisión que quedó en empate con cuatro magistrados a favor y cuatro en contra. Es de recordar que, el noveno voto hubiese sido del magistrado Alejandro Linares, pero este fue separado del debate por un impedimento que presentó al referirse sobre el tema del aborto en un medio de comunicación.
A favor de la ponencia que despenaliza el aborto votaron los magistrados: Alberto Rojas, José Fernando Reyes, Antonio Lizarazo y Diana Fajardo. Mientras que en contra de despenalizar, votaron Cristina Pardo, Paola Meneses, Jorge Ibáñez y Gloria Ortiz.
Ahora tendrá que ser un conjuez quien determine el desempate de esta discusión que puede culminar en la despenalización total de esta práctica como lo reclaman las organizaciones que velan por el derecho de la mujer, o que en el país siga aplicándose el aborto solo bajo las tres causales:
1. Cuando existe peligro para la salud física o mental de la mujer.
2. Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida extrauterina.
3. En caso de acceso carnal violento, transferencia de óvulo fecundado o inseminación artificial no consentida.
El 25 de febrero de 2021, la Sala Plena eligió, por unanimidad, a los 18 conjueces que, en caso de empate o falta de quorum necesario, tendrán la responsabilidad de participar de la deliberación y votación de las decisiones para el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 28 de febrero de 2022.
Esta es la lista de los conjueces y será uno de ellos quien termine definiendo el desempate de este importante debate.
Según El Tiempo, la responsabilidad recayó en los conjueces Julio Andrés Ossa y Juan Carlos Henao que tendrán un tiempo para evaluar todo el expediente.
El empate se dio por la falta del voto del magistrado Linares
Linares entregó unas declaraciones a un medio de comunicación el 11 de noviembre de 2021, las cuales, de acuerdo con él, podrían interferir con su imagen de imparcialidad en la discusión de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Colombia.
“En ese tema uno escucha múltiples opiniones, gente muy cercana a uno (…) o tiene los hijos de uno que le dicen: ‘papá, estoy de acuerdo contigo en la despenalización del aborto, o no estoy de acuerdo contigo en la despenalización del aborto, cada individuo tiene una visión muy personal de lo que debería ser un fallo de la Corte”, dijo en ese entonces el magistrado a un medio de comunicación.
Frente al impedimento, el pasado 18 de noviembre de 2021 la Sala Plena de la Corte no llegó a un acuerdo, por lo que designaron al conjuez Yepes Arcila. El primero de diciembre, el alto tribunal tuvo un primera sesión, sin embargo, ese día tampoco se tomó una decisión por lo que se suspendió el encuentro. Ahora, un mes y medio después, la Corte Constitucional aceptó el impedimento del magistrado Linares.
El alto tribunal estudió las ponencias presentadas por los magistrados Antonio José Lizarazo y Alberto Rojas Ríos, en las que se solicita despenalizar el aborto en Colombia, el cual es legal en el país desde 2006 bajo tres causales y de no entrar en ellas, el aborto es considerado como un delito, cuya pena sería de entre 16 a 54 meses de cárcel.
Según Lizarazo, el Estado debe despenalizar la interrupción voluntaria del aborto en el país, pues penalizarlo no solo incide en que se practiquen abortos inseguros, sino también, que se vulnere “la libertad de conciencia de las mujeres” de decidir si quieren procrear o no.
Se espera que en las próximas semanas se conozca la posición de los conjueces y se llegue a una decisión crucial sobre el tema del aborto en Colombia.
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