Un impedimento presentado por la procuradora Margarita Cabello Blanco que buscaba abstenerse de emitir concepto, revisar o pronunciarse sobre el Acto Legislativo que dio origen a las curules de paz fue negado por la Corte Constitucional.
“La Sala Plena de la Corte no encuentra configurada la causal de impedimento que manifestó la doctora Margarita Cabello Blanco, procuradora general de la Nación, para emitir concepto en el proceso de control de constitucionalidad del Acto Legislativo 02 del 25 de agosto del año 2021″indicó el auto de la Corte.
La funcionaria había solicitado a dicha Corte que considerara una inhabilidad dado que por declaraciones previas no podía rendir concepto sobre dicho Acto Legislativo.
Esto ocurrió el pasado 11 de octubre de 2021 cuando Cabello Blanco afirmó que una tutela presentada por el congresista Roy Barreras no debía concederse porque, según ella, no hubo ningún acto irregular cuando el Senado determinó que esta iniciativa de paz no había alcanzado votos suficientes.
La Corte Constitucional falló a favor de la tutela que interpuso el senador Roy Barreras contra la mesa directiva del Senado tras haber hundido el proyecto de ley que creaba 16 curules en el Congreso para las víctimas del conflicto armado en Colombia.
Para el congresista, las curules de la paz son un derecho fundamental a la reparación integral de 6′670.368 personas que habitan los 179 municipios más afectados “por el conflicto, el abandono y la débil presencia institucional”, que se pactó en los acuerdos de paz con las Farc.
Bajo ese contexto, Margarita Cabello, como cabeza de la Procuraduría, tendrá que emitir concepto sobre el control de constitucionalidad de las curules de paz.
La creación de estas 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz serán para la Cámara de Representantes para los periodos 2022-2026 y 2026-2030, teniendo en cuenta que se trata de medida de satisfacción como componente de la reparación integral de las víctimas.
Es de recordar que la iniciativa salió del punto 2.3.6 del Acuerdo Final de Paz, que expone: “En el marco del fin del conflicto y con el objetivo de garantizar una mejor integración en zonas especialmente afectadas por el conflicto, el abandono y la débil presencia institucional, y una mayor inclusión y representación política de estas poblaciones y sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, y también como medida de reparación y de construcción de paz, el Gobierno Nacional se compromete a crear en estas zonas un total de 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la elección de un total de 16 Representantes a la Cámara de Representantes, de manera temporal y por dos periodos electorales”.
La reglamentación de dichas curules estuvo en manos del Congreso en 2017, un año después de la firma del Acuerdo Final de Paz y uno antes de los comicios del Legislativo. Por esa época, estaban en las cámaras del Congreso José Obdulio Gaviria, Sofía Alejandra Gaviria, Germán Varón y Álvaro Uribe Vélez, quienes argumentaron en contra de los escaños señalando que, “no tienen vocación de reparar a las víctimas, y en cambio, las instrumentaliza (…) ignora su verdadera capacidad de participación política (…) y por el contrario, facilita la captación de dichos escaños por parte de sus victimarios”.
La curules le darían voz a las víctimas y a los representantes de comunidades del Chocó, Cauca, Nariño, Catatumbo, Guaviare y Urabá.
Según explicó el senador Barreras, las curules de paz contarán con reglas especiales para la inscripción y elección de candidatos. Las campañas tendrán financiación estatal especial y acceso a medios regionales. Se desarrollarán mecanismos especiales de acompañamiento para asegurar la transparencia del proceso electoral y la libertad del voto del electorado.
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