La alcaldesa Claudia López tiene dos retos frente al transporte público en Bogotá, renegociar los contratos con los operadores privados y crear el primer Operador Público de Transporte de la ciudad. Ambos tendrán una difícil negociación, como el segundo que fue anulado por fallo del juzgado sexto administrativo del Circuito y que el Distrito apeló.
La decisión se conoció este 19 de enero en la que se declaró la nulidad del artículo 91 del Plan Distrital de Desarrollo, Acuerdo 761 de 2020, que autorizaba la creación del Operador Público de Transporte de Bogotá. Poco después el distrito apeló con la confianza de un fallo precedente que ya les había dado la razón.
“Este mismo Juez había decretado la suspensión provisional del Operador el pasado 28 de mayo, decisión que fue revocada por la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 20 de septiembre”, sostuvo el distrito.
El juez 6 administrativo acogió los argumentos de una demanda ciudadana presentada por Felipe Bastidas y operadores privados, quienes sostuvieron que de acuerdo al artículo 69 de la ley 489 de 1998, para expedir ese tipo de iniciativas, que fue aprobada por el Concejo en el Plan de Desarrollo Distrital, debió contarse con estudios demostrativos que justificaran las iniciativas y no se presentaron.
“Los estudios que soporten la tesis de la Administración sobre la necesidad de crear la empresa aún son desconocidos. Era una iniciativa que el Distrito debió pasar como un Proyecto de Acuerdo aparte, para que se debatiera con detalle y a profundidad en el Concejo, en las comisiones que se requiera, antes de una aprobación apresurada que afectara a la ciudad”, sostuvo la concejal Lucía Bastidas.
Para el Distrito, en cambio, hay un error de interpretación de parte del juzgado, debido a que ese artículo aplica para las entidades creadas por el Concejo de Bogotá, pero este otorgó una autorización y la creación se dio posteriormente como una entidad descentralizada.
“Sin embargo, a juicio del Distrito, el juez está aplicando erróneamente el artículo 69 de la Ley 489 de 1998, pues dicha disposición solo aplica para la creación directa de entidades por parte del Concejo de Bogotá, y en el caso del Operador Público de Transporte lo que se otorgó fue una autorización para su creación, por ser una entidad descentralizada indirecta. El Operador fue creado luego de la autorización de su constitución otorgada mediante el Decreto 188 de 2021″, sostuvo la Secretaría de Movilidad.
El Distrito acepta los fallos, pero aseguró que acudirá a todas las instancias judiciales y espera que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que deberá asumir la apelación, les dé la razón nuevamente como lo hizo ante la nulidad del año pasado.
“Sabíamos que la creación del operador público no sería fácil por los distintos intereses que suscita, sin embargo, estamos convencidos de las ventajas del mismo en la operación del sistema y por consiguiente en que los usuarios tengan un mejor servicio”, aseguró el secretario de Movilidad, Felipe Ramírez, quien tendrá el reto de sacar adelante el proyecto.
El Operador Público de Transporte de Bogotá es uno de los proyectos que espera dejar la alcaldesa López en su administración. Según dijo a La Silla Vacía, se esperaba que entrara en operación a mediados de este año 2022, con un programa de mujeres conductoras cabeza de familia y una flota de buses eléctrica.
Para la alcaldesa, tener ese operador sería una herramienta para la renegociación que plantea de los contratos con los operadores privados, en los que espera modificar, entre otras cosas, que los riesgos sean asumidos por ambas partes.
Así mismo, se pretende que aumente la competitividad y calidad del servicio, así como evitar riesgos ya conocidos en el montaje del SITP, luego del desmonte del provisional, a causa de rutas que se han licitado hasta siete veces y no se ha presentado ningún interesado. Son las rutas para los sectores más pobres y periféricos de la ciudad que necesitan garantía de transporte.
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