Nuevo regalo a la Procuraduría en la Ley Anticorrupción: 80% de las multas a funcionarios irán a un fondo de fortalecimiento

La misma ley autorizó al ente investigador la creación de 1.208 cargos, lo que equivale a algo más de 11.930 millones de pesos en el presupuesto de nómina

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Bogotá. 6 de Febrero del
Bogotá. 6 de Febrero del 2020. Sede de la Procuraduría General de la Nación. (Colprensa-Sergio Acero)

La Ley Anticorrupción ha sido muy polémica, desde que se presentó al Congreso ha levantado múltiples criticas de distintos sectores políticos y sociales. En algunos artículos se han creado mecanismos que van en contra de los procesos democráticos. Un ejemplo, es el ‘mico’ que buscaba prohibir a los medios de comunicación y a ciudadanos que presentaran denuncias contra los funcionarios públicos sin las suficientes pruebas que hicieran referencia al hecho que involucra al individuo.

Tras las múltiples criticas, un mes después se da a conocer un nuevo articulo que esta relacionado con la Procuraduría y que crea nuevas dudas, de acuerdo con W Radio, el Gobierno quiere adicionar una suma alta al presupuesto del ente investigador.

Esto se daría bajo la aprobación del artículo 38, el cual creará un nuevo Fondo Especial para el Fortalecimiento del Ministerio Público, como una cuenta especial administrada por la Procuraduría General de la Nación. Pero el problema no radica solo en que va en contra del principio y proyecto de austeridad que ha planteado el Gobierno Nacional, sino que al parecer la entidad no necesitará personería jurídica, ni la vigilancia superior con fines preventivos y ni las demás acciones destinadas a combatir la corrupción.

Según la información a la que puedo acceder la emisora colombiana, este fondo se financiará con el 80 % de los recursos provenientes de las multas por sanciones disciplinarias que se impongan a los servidores públicos y particulares. Aunque se desconoce el monto que podría ser recaudado, se calcula que podría ser billones de pesos en casos especiales como el de Hidroituango.

“Las entidades públicas trasladaron el valor correspondiente al porcentaje indicado en el párrafo precedente dentro del mes siguiente a su recaudo, a la cuenta que se defina para tal fin. El 20% será destinado de acuerdo con lo previsto en el Decreto 2170 de 1992. Trimestralmente, las entidades públicas informarán a la Dirección Jurídica de la Procuraduría General de la Nación, sobre las multas por cobrar, los trámites realizados y los valores recaudados a fin de hacer el seguimiento y la vigilancia de los recursos señalados en el presente artículo”, se lee en el documento.

No es la primera denuncia que relaciona a la Procuraduría con un tema de recursos, pues a finales de 2021 se dio a conocer que la entidad aprobó la creación de 1.208 cargos, lo que equivale a algo más de 11.930 millones de pesos al mes en el presupuesto de nómina, un hecho que antes de ser aprobado ya generaba advertencias desde varios sectores por su impacto en el presupuesto nacional.

Uno de los primeros en salir a dar explicaciones sobre el polémico decreto fue el ministro del Interior, Daniel Palacios, quien reseñó que este se expidió en el marco del Código Disciplinario que aprobó el Congreso de la República y cumpliendo con un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Hace parte de la modificación al Código Disciplinario, fue una ley que se aprobó alrededor de hace cuatro meses y en esa ley hay una reestructuración de la Procuraduría”, indicó el ministro. Y anadió que en este “se establece esa doble instancia en esa entidad como se pidió en el fallo de la CIDH, en donde se advierte que debe haber una parte que investiga y otra parte que imparte la sanción, por eso está incluida la reestructuración de la Procuraduría”.

A esta explicación se une la que dio la misma procuradora Margarita Cabello, en un comunicado oficial que se emitió ante la polémica generada por el Decreto 1851 de 2021. Indicaron en un primer punto que la entidad debe “dar cumplimiento al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 8 de julio de 2020, que impuso que el funcionario que formule los cargos no sea el mismo que dicte la sentencia disciplinaria, generando la necesidad de separar las funciones de la entidad: designar a un funcionario de instrucción y a otro de juzgamiento”.

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