Colombia ya no tendrá restricciones por covid-19 para ingresar a Europa

De acuerdo con la Unión Europea, a partir de este lunes los países miembros deberán hacer gradualmente el levantamiento de las restricciones a los viajeros

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Fotografía de archivo de viajeros
Fotografía de archivo de viajeros en el Aeropuerto El Dorado, en Bogotá (Colombia). EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda

En las últimas horas, a través de un comunicado, el Consejo de la Unión Europea señaló que luego de una revisión sobre la recomendación del levantamiento gradual de las restricciones temporales de los viajes no esenciales a la UE, se hizo una actualización de listado de países que ya no tendrán impedimentos para el ingreso al antiguo continente, entre ellos Colombia, junto a Argentina, Australia y Canadá.

El Consejo indicó en su misiva que, el levantamiento de estas restricciones también aplicará para los residentes de los países como: Bahrein, Chile, Indonesia, Kuwait, Nueva Zelanda, Perú, Qatar, Ruanda, Arabia Saudí, Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Uruguay y China, este último en el caso de que la medida sea recíproca.

De igual manera, sostuvo que se debe dar un levantamiento de las restricciones de manera gradual para los viajes provenientes de Hong Kong y Macao, regiones administrativas especiales de China.

En cuanto a la categoría de entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estado por al menos un Estado miembro, también se debe levantar gradualmente las restricciones, citando por ejemplo el caso de Taiwán.

Por otro lado, en el comunicado la UE también especificó que para efectos de esta recomendación, los residentes de Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano deben considerarse asimilados a residentes de la UE.

Al finalizar, explicó que los criterios para determinar los terceros países para los que deben levantarse las restricciones de viaje en vigor se actualizaron el 20 de mayo de 2021, los cuales se van dando ante la situación epidemiológica y respuesta general a la covid-19, así como a la fiabilidad de la información y de las fuentes de datos disponibles. Además, que también se tiene en cuenta el criterio de reciprocidad, caso por caso.

Asimismo, resaltó que para esta recomendación serán considerados como residentes europeos los países asociados a Schengen: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.

Esta lista se revisa cada dos semanas y tiene en cuenta las circunstancias cambiantes de la pandemia, con las que se fijan los correspondientes cambios de dicho listado de países.

Con respecto al contexto de estos cambios, la Unión Europea informó que el 30 de junio de 2020, el Consejo adoptó una recomendación sobre el levantamiento gradual de la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE. Dicha recomendación incluía una lista inicial de países para los que los Estados miembros debían comenzar a levantar las restricciones de viaje en las fronteras exteriores.

El 20 de mayo, el Consejo adoptó la Recomendación de modificación para responder a las campañas de vacunación en curso mediante la introducción de determinadas dispensas para personas vacunadas y mediante la simplificación de los criterios para levantar las restricciones aplicables a terceros países.

Al mismo tiempo, las modificaciones tienen en cuenta los posibles riesgos que plantean las nuevas variantes mediante el establecimiento de un mecanismo de “freno de emergencia” para reaccionar con rapidez ante la aparición de una variante de interés o una variante preocupante en un tercer país.

La Recomendación del Consejo no es un instrumento jurídicamente vinculante. Las autoridades de los Estados miembros siguen siendo responsables de la aplicación de su contenido, y pueden, con total transparencia, decidir levantar solo progresivamente las restricciones de viaje aplicables a los países de la lista.

Ningún Estado miembro debe decidir el levantamiento de las restricciones de viaje a terceros países no incluidos en la lista antes de que se haya decidido de manera coordinada.

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