A finales de 2021, por redes sociales se difundieron diferentes mensajes que acusaban al concejal de Bogotá del Partido Verde, Edward Arias Rubio, de haber enviado mensajes de texto a diferentes afiliados a Compensar sin tener el debido consentimiento. Por estas denuncias la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó al político eliminar los datos, no volver ha enviar mensajes y cumplir con la ley 1581 de 2012, que establece limites para el uso y tratamiento de datos personales.
De acuerdo con la investigación el 22 de diciembre de 2021 por Twitter se comenzaron ha difundir mensajes de diferentes ciudadanos que compartieron imágenes de un mismo mensaje que habían recibido a sus celulares, sin autorización y al parecer todos coincidían con ser afiliados a Compensar. En el texto que recibieron a sus celulares decía: “(Nombre de la persona destinataria del mensaje), TE DESEO UNA FELIZ NAVIDAD Y UN PROSPERO 2022, ESPERO PODER SERVIRTE COMO MEDICO Y CONCEJAL. EDWARD ARIAS PARTIDO VERDE”.
Por las múltiples quejas la Superintendencia comenzó una investigación para determinar cómo el político había obtenido los datos, si había alguna relación con Compensar, si se había pedido previa autorización del uso de los datos personales de dichos ciudadanos y demás.
En el proceso que duró un promedio de 20 días, el ente determinó que la Caja de Compensación no había dado acceso a dichos datos, que los mensajes por tanto, habían sido enviados de forma ilegal y que en este sentido el político había violado el derechos de privacidad de los ciudadanos afectados.
En primera instancia Compensar envió una carta explicando la situación y señaló que: “En consecuencia, respetuosamente manifestamos que a la fecha no hemos realizado la entrega de información a terceros y mucho menos contamos con un vínculo o relación contractual, con el señor xxxxx (sic) xxxxxx xxxxx xxxxx que conlleve a compartir las bases de datos personales de nuestros afiliados”.
Posterior a la respuesta de la Caja de Compensación, el Concejal respondió y anotó que no necesitaba ningún tipo de autorización, pues el mensaje iba enfocado a desear una feliz Navidad y no promociona ni un bien o servicio por lo que no está de acuerdo con que había violado alguna ley.
“Como se puede evidenciar en el mensaje de texto objeto de esta controversia, este no va más allá de una simple felicitación navideña, a través de la cual no se obtiene ningún beneficio para si o para otro, no se está vendiendo ningún producto o servicio, no se está poniendo en peligro el interés jurídico de alguna persona y tampoco se está realizando tratamiento de datos personales; ya que lo único que se puede evidenciar es el envío de una felicitación navideña a personas que hacen parte de mi lista de contactos, por lo cual no se requiere de la autorización previa a la que se refiera la ley 1581 de 2012”, anotó Arias.
Teniendo en cuenta todo el proceso y las respuestas de las partes, la Superintendencia determinó que el concejal de Partido Verde no cumplió con lo establecido por la ley con respecto al tratamiento de datos personales y le ordenó “ELIMINAR los datos de las personas que no lo han autorizado de manera previa, expresa e informada para recolectar y usar su información. ABSTENERSE de enviar mensajes de texto de carácter publicitario o de propaganda a teléfonos móviles sin contar con autorización de las personas para esa específica finalidad. IMPLEMENTAR el principio de Responsabilidad Demostrada en el Tratamiento presente y futuro de los datos personales de los ciudadanos”.
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