“Procuraduría viola nuestro derecho a la defensa al notificarnos que no podremos hacer campaña por el NO en la revocatoria. Esto vulnera la ley 1757 de 2015, la sentencia C 150 de 2015 y SU 077 de 2018, acudiremos a instancias internacionales”, dijo el Alcalde de Medellín, Daniel Quintero al referirse a la decisión de la Procuraduría General de la Nación a pedirles a funcionarios públicos a abstenerse de intervenir en actividades y controversias políticas.
En su trino el mandatario antioqueño cita la ley 1757 de 2015, la sentencia de la Corte Constirucional 150 que según el artículo 34; “Campañas sobre los mecanismos de participación ciudadana”, cita:
“El Gobierno, los partidos y movimientos políticos y las organizaciones sociales que deseen hacer campaña a favor, en contra o por la abstención de algún mecanismo de participación ciudadana deberán notificar su intención ante el Consejo Nacional Electoral en un término no superior a 15 días contados a partir de la fecha en la que se publique el decreto de convocatoria de que trata el Artículo anterior”.
El mismo artículo sostiene que; “Toda organización política o social que haya notificado al Consejo Nacional Electoral su intención de hacer campaña a favor, en contra o por la abstención a algún mecanismo de participación ciudadana podrá acceder, en condiciones de equidad, a los medios de comunicación social del Estado para exponer sus posturas respecto de la convocatoria, sin perjuicio de aquellas campañas que decidan promover el mecanismo de participación por medios diferentes a los de comunicación social del Estado.
La reacción de Quintero es por la reciente notificación de La Procuraduría de; “que se encuentra en curso un proceso de revocatoria del mandato de Daniel Quintero Calle (2020 – 2023) como alcalde de Medellín, insta a cada uno de los servidores públicos a observar una conducta dentro de los límites que establece la Constitución.”
“Por ello, se exhorta y se llama al cumplimiento a todos los empleados públicos, trabajadores oficiales y particulares disciplinables que estén adscritos a la administración central o a las entidades descentralizadas directas o indirectas de la Alcaldía de Medellín, frente a la normatividad que propende por la reglamentación de la participación en política”. Comunicó mediante memorando el ministerio público.
En el trino acompañado de cuatro fotografías, el alcalde de la capital antioqueña, enuncia un derecho de defensa en la revocatoria como un elemento del debido proceso administrativo. “El proceso de revocatoria del mandato exige que se de plena aplicación entre otros a dos contenidos: el derecho a la información y el derecho de defensa”, se lee en el apartado compartido.
“Esto significa que los ciudadanos y el elegido tienen el derecho a conocer las razones que motivan la solicitud de revocatoria y a defenderse y controvertir sobre ellas”. Continúa explicando el derecho: “Los efectos de controvertir los motivos que sustentan la iniciativa y, de esta manera, lograr que su derecho de defensa sea eficaz”.
Quintero anunció que acudirá a instancias internacionales para defender su derecho a hacer campaña en la revocatoria en su contra.
Recordemos que, por un lado, Quintero perdió la impugnación que presentó ante la Registraduría Nacional y, por esa razón, la revocatoria en su contra se mantiene en firme.
Además, se determinó que las firmas presentadas por el comité promotor son válidas. El informe técnico de la Registraduría indica que de los 383.685 registros analizados, 132.908 son válidos, por lo que la solicitud de revocatoria es viable.
De 109 intentos por revocar mandatos, sólo cinco han ido a las urnas y uno ha prosperado. Eso ocurrió en Tasco, Boyacá, donde Nelson García Castellanos fue revocado en 2018.
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