Sancionan ley que prioriza a mujeres víctimas de violencia de género extrema para subsidios de vivienda

La norma entrará en vigencia este año y será reglamentada en los próximos meses por parte del Gobierno nacional, que establecerá las directrices para su aplicación

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Foto: Pixabay
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En las últimas horas, el presidente Iván Duque sancionó la ley que establece que las mujeres víctimas de violencia de género extrema tengan prioridad en los subsidios de vivienda otorgados por el Estado.

La ley define la violencia de género extrema “como toda acción u omisión que cause un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, patrimonial; excesivo, grave e irreparable por su condición de género”. Así mismo, asocia a la violencia de género extrema con las siguientes conductas: tentativa de feminicidio; lesiones con agentes químicos, ácido y/o sustancias similares; violencia sexual; y maltrato físico, psicológico, que deje secuelas permanentes en la salud de la víctima o generen incapacidad médica legal superior a 30 días.

La autora de la ley, la senadora Nadia Blel Scaff, explicó que esta norma amplía los beneficiarios de subsidios en especie para la población vulnerable. Al modificar el artículo 12 de la Ley 1537 de 2021 se incluye un criterio de priorización adicional para las mujeres que son, y han sido, víctimas de violencia extrema y que requieran o hayan requerido una medida de atención.

“Esta prioridad en el subsidio les va a dar la oportunidad de alejarse de esa violencia y tener un techo donde brindarle seguridad, no solo a ella, sino también a su familia”, explicó el representante a la Cámara Faber Alberto Muñoz, quien fue coordinador ponente del proyecto de ley durante su trámite en el Congreso.

“Para efectos de la presente ley, la calidad de víctima de violencia género extrema se acredita de acuerdo al nivel de afectación de la salud física y/o mental de la mujer víctima, consignada en la historia clínica, la valoración hecha por Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o el dictamen de un profesional del área de la salud realizado en el proceso de reconocimiento de la medida de protección y atención”, se lee en el texto de la nueva ley.

“El derecho de acceso a la vivienda propia es un factor decisivo para la igualdad y las condiciones de vida de la mujer, así como para su seguridad física y económica. Durante la pandemia hemos visto cómo se agudizaron las cifras de violencia de género extrema en el país, por eso con esta iniciativa queremos garantizarles a estas mujeres acabar con la dependencia económica y de convivencia con sus agresores. En la gran mayoría de los casos el agresor es su cónyuge, su esposo, su compañero permanente, y con esta iniciativa le estamos dando la posibilidad a las mujeres de que accedan, de manera prioritaria, a una oportunidad de tener una vivienda y con esta puedan empezar un proyecto de vivienda libre de cualquier tipo de agresión”, aseguró Blel.

Durante el trámite de la ley en el Congreso, la autora documentó 71.980 casos de violencia de pareja: 36.290, en 2016; y 35.690, en 2017, siendo el compañero permanente el principal agresor en un 57 % de los casos.

Para adelantar los trámites para que una mujer pueda acceder a estos nuevos beneficios deberá acreditar la calidad de víctima de violencia de género extrema con un documento que será enviado al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en un plazo máximo de 10 días contados a partir de su expedición.

Una segunda norma, también de autoría de la senadora Blel, fue sancionada recientemente por el presidente Duque. Con esta segunda ley se garantizará a los niños con discapacidad un derecho básico como es el juego y la recreación, al adecuar todos los parques públicos y privados para que puedan jugar en espacios inclusivos, accesibles y seguros, brindándoles herramientas para estimular su desarrollo físico, psicológico y emocional.

Ahora el Gobierno nacional tiene, en un término de seis meses, que expedir el reglamento técnico que establezca las condiciones de técnicas y requisitos de infraestructura mínima de los parques integrales, que respondan a los siguientes criterios: accesibilidad universal y equidad, calidad, uso común, seguridad, señalización.

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