La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) concedió la libertad condicional del comerciante nariñense Javier de Jesús Cadavid, señalado de ser un presunto integrante de la desmovilizada guerrilla de las FARC, condenado en 2009 por los delitos de extorsión agravada y enriquecimiento ilícito.
Así lo determinó la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) del tribunal de paz, la cual estableció que Cavidad, quien alega su inocencia desde que fue condenado, reunía los requisitos para otorgarle este beneficio, sin embargo, seguirá vinculado al proceso en la justicia transicional.
La SAI indicó que la condena a 23 años de prisión que le fue impuesta a Cadavid por parte del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales quedó revocada, razón por la cual, se ordenó su salida del centro penitenciario de La Paz de Itagüí, Antioquia, en el que actualmente se encuentra privado de la libertad, en un término no mayor a cinco días.
La Unidad de Investigación y Acusación (UIA) deberá entrevistar a Cadavid “con el fin de que exprese las circunstancias precisas de tiempo, modo de operación y términos en los que tuvo relación con las FARC, los nombres y nexos con los integrantes de la desmovilizada guerrilla, la relación de bienes, rentas y frutos percibidos con ocasión de la actividad criminal, así como las víctimas que vieron disminuido su patrimonio con las extorsiones que, a la postre, incrementaron ilícitamente el patrimonio del peticionario y de los alzados en armas en los hechos por los que fue condenado”.
A su vez, el compareciente deberá reafirmar la relación que tuvo con el frente 47 de las FARC y con alias Luis, Rojas y Santander y si cuenta con información sobre el paradero de estos integrantes. A su vez, la sala solicitó a la UIA ubicar a las víctimas del proceso Jhon Jairo Valencia, José Huberto López Valencia, Misael Antonio Orozco, Juan de Dios Loaiza Ortiz y Bernardo Javier Jiménez Jaramillo, para que ejerzan sus derechos al interior del proceso.
Asimismo, la sala resolvió que se debe enviar un comunicado a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP) con el propósito que la entidad informe, en un término de tres días hábiles, si Cadavid, de 64 años, se encuentra acreditado como exmiembro de la desmovilizada guerrilla, y llegado el caso no sea así, “para que comunique el estado actual de la mención de acreditación”.
“Oficiar a la Fiscalía General de la Nación para que informe a este despacho dentro del término de tres días hábiles si el señor Javier de Jesús Cadavid tiene investigaciones o procesos penales en curso por conductas diferentes a las referidas en el proceso seguido en su contra por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales, Caldas, en sentencia de 11 de noviembre de 2009, así como cualquier otra información acerca de víctimas que pudieren registrar ante el ente investigador, en contra del aquí mencionado”, concluyó la JEP.
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