Oposición rechaza carta de los presidentes del Congreso enviada a la Corte IDH

Un grupo de 22 parlamentarios se refirieron a la polémica carta enviada por Jennifer Arias y Juan Diego Gómez en la que cuestionaban a la Corte IDH ante las reservas acerca de la reforma de la Procuraduría

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Vista de un debate en el Congreso colombiano, en una fotografía de archivo. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda
Vista de un debate en el Congreso colombiano, en una fotografía de archivo. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda

Un grupo de congresistas de la oposición en Colombia rechazó este martes la carta envidada por los presidentes de la Cámara de Representantes y el Senado, Jennifer Arias y Juan Diego Gómez, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en la que aseveraban que el tribunal internacional “intentaba repercutir” en la soberanía del país.

A través de una misiva, los 22 parlamentarios de la oposición criticaron el comunicado emitido por los presidentes de ambas cámaras del Congreso en la que respaldaban la reforma a la Procuraduría, con la que se crearán 1.208 nuevos cargos, y que según la Corte IDH, no está relacionada al fallo de la destitución de Gustavo Petro cuando era alcalde de Bogotá.

“La decisión de los referidos funcionarios de emitir esa comunicación no fue discutida ni aprobada por las plenarias de la Cámara de Representantes y del Senado de la República, es decir, no cuenta con el aval de las Corporaciones que presiden; por lo que su pronunciamiento es individual, dado que como miembros de Corporación y de partidos declarados en oposición, no conocíamos, ni compartimos el contenido de la misiva enviada a la Corte”, señalaron los firmantes de la misiva.

Por su parte, indicaron que durante el trámite de la Ley 2094 de 2021, un número importante de parlamentarios de diferentes colectividades manifestaron su oposición argumentando que eludía y desconocía el fallo emitido por la Corte y representaba una violación a los derechos políticos de los funcionarios públicos elegidos democráticamente.

A la vez, indicaron que representaba una infracción al contenido sustancial del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, el artículo 26 de la Convención de Viena y, en consecuencia, al Bloque de Constitucionalidad consagrado en el articulo 93 de la Constitución Política de Colombia, y no daba cumplimiento al fallo de la Corte IDH.

Contrario a lo expresado en la comunicación suscrita por los congresistas Jennifer Arias y Juan Diego Gómez, no existe consenso al interior del Congreso de en cuanto a que la ley 2094 de 2021 atienda en debida forma el estándar fijado en la Convención y así se expresó durante los debates dados en la Corporación. Debido a que un número considerable de congresistas durante el trámite legislativo votó negativamente este proyecto dejando constancia de que el texto aprobado por las mayorías era contrario al fallo de la Corte”, indicaron los firmantes.

A su vez, señalaron que en el caso de Gustavo Petro se estableció que las garantías para el ejercicio de los derechos políticos suponen la protección de la democracia representativa, razón por la cual los estándares de protección de los derechos políticos que deben cumplir de manera inexorable los Estados se deben traducir en obligaciones de adecuar los ordenamientos internos.

Por esta razón, expresaron que era inadmisible que un organismo como la Procuraduría pueda imponer la nulidad de a un funcionario elegido popularmente, función que le corresponde a un otras autoridades en medio de un proceso penal, sin embargo, pese a los argumentado por la Corte IDH “la reciente asignación de funciones jurisdiccionales de la Procuraduría no satisface cabalmente el estándar convencional, ni subsana la grave afectación de los derechos fundamentales de los funcionarios públicos y de sus electores”.

“Reconocemos, el rol fundamental que ejerce la Corte IDH en materia de seguimiento de sus pronunciamientos, y rechazamos que la multicitada misiva - que no representa la totalidad de las posturas de los integrantes de la Corporación frente a la norma aprobada- desconozca que el control de convencionalidad lejos de traducirse en una violación a la soberanía nacional, implica el deber insoslayable que tienen los Estados que suscribieron este instrumento, de verificar que sus normas y prácticas sean acordes con la Convención CADH y la jurisprudencia interamericana”, concluyeron los parlamentarios en la misiva.

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