El Ministerio de Transporte dio a conocer, este miércoles 5 de enero, que la Superintendencia de Transporte abrió investigación y formuló cargos en contra de la Terminal de Transportes de Popayán, por presuntamente permitir el pregoneo de servicios y rutas que prestan y cubren las empresas transportadoras en sus instalaciones.
Esta actividad está prohibida en la normatividad vigente para el sector, algo que también incide en el deber de las empresas y las terminales de transporte a implementar controles para impedir la práctica.
“Es la primera vez que se abre investigación mediante la formulación de cargos en contra de una terminal de transporte por permitir el pregoneo de servicios en la infraestructura bajo su administración. Al respecto, se debe tener en cuenta que la normatividad del sector impone la obligación para las terminales de transporte y las empresas de servicio de transporte de pasajeros por carretera, no permitir, bajo ningún pretexto, el pregoneo dentro de estas infraestructuras”, indicó el superintendente de Transporte, Wilmer Arley Salazar Arias.
Asimismo, el funcionario aseguró que lo anterior se encuentra “establecido tanto en el Decreto 1079/15, la Ley 336/96, como en los pronunciamientos del Consejo de Estado, en los que se evidencia que el pregoneo afecta el orden, la convivencia y la seguridad tanto de los empresarios como de los usuarios”.
Según Salazar Arias, la práctica además “constriñe la libertad de los viajeros de elegir con cuál empresa movilizarse. Por eso, la SuperTransporte vigila este tipo de prácticas no se den y toma las decisiones que correspondan para garantizar la formalidad y la seguridad en el sector”.
“Tengamos en cuenta que para los administradores de las diferentes infraestructuras es un deber tomar acciones y denunciar a las empresas que incurren en pregoneo”, agregó.
La SuperTransporte señaló que la investigación incluyó denuncias de transportadores intermunicipales, después de las cuales la entidad abrió investigación y formuló cargos a la terminal por presuntamente permitir esta actividad por parte de algunos empresarios.
Luego de ello, se hicieron los requerimientos correspondientes sin obtener respuesta de la terminal, “lo que constituiría una falta importante según la normatividad del sector”, precisó la información de MinTransporte.
Aún así, la información recogida por la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte Terrestre permitió establecer que existen suficientes méritos para señalar que presuntamente, la Terminal de Transporte de Popayán ha transgredido la normatividad que rige el sector, en cuanto al incumplimiento de sus obligaciones en relación con el pregoneo, y por el no suministro de la información requerida por esta Entidad.
Del mismo modo, la entidad pudo establecer que presuntamente la terminal en mención permite el pregoneo en sus instalaciones, de los servicios o rutas que prestan las empresas transportadoras. Asimismo, precisó que la Terminal de Transportes de Popayán no suministró la información requerida por la SupeTransporte.
En línea con lo anterior, la prestadora de servicio deberá enfrentarse a una sanción que le obligaría a pagar una multa de uno a 700 salarios mínimos mensuales vigentes.
“El pregoneo es una práctica que fomenta la informalidad en el sector transporte, atenta contra la libertad de empresa y la iniciativa privada, afecta el orden, la convivencia y la seguridad y limita el libre acceso al servicio de transporte por parte de los usuarios, por lo que, es necesario que las empresas de transporte establezcan controles internos para que dicha actividad no se desarrolle por sus empleados y a su vez, que las terminales de transporte mantengan una vigilancia permanente respecto a la posible ocurrencia de esta actividad en sus instalaciones”, precisó el Ministerio de Transporte.
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