La suerte del caleño, Víctor Escobar, podría finalmente definirse, tras dos años de batallas judiciales. El hombre de 60 años tiene programa la aplicación de la eutanasia el próximo viernes 7 de enero, con lo cual se podría convertir en la primera persona en Colombia en acceder a una muerte digna pese a no ser considerado un paciente terminal.
La decisión se produjo luego de que el comité científico de la EPS de Escobar se reuniera con él y definiera que el proceso se llevará a cabo en la mencionada fecha. Así lo había anunciado su abogado, Luis Giraldo, quien este lunes le confirmó a El Tiempo que “ya está todo en pie” para que su apoderado reciba la intervención que pondrá fin a su vida en una IPS de la capital vallecaucana.
Los trámites fueron adelantados luego de que el juzgado 17 Civil del Circuito de Cali ordenase a la EPS del paciente que lo acompañara durante su solicitud para pactar cuándo se ejecutaría su procedimiento: “Esperamos que la decisión de la juez no se vea entorpecida, ni tampoco la decisión de Víctor, ni la de la EPS que prestará el servicio de la eutanasia”, afirmó el abogado Giraldo, en declaraciones recogidas por Noticias RCN.
Escobar padece de EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva), incluyendo múltiples accidentes cerebrovasculares (ACV), lo cual ha llevado al deterioro de su calidad de vida durante los últimos años, pues ha debido afrontar todo el proceso postrado en una cama. Producto de los ACV, el hombre padece hemiparesia izquierda, lo cual le provoca una parálisis parcial en ese lado del cuerpo, y a ello se le debe sumar padecimientos por hipertensión pulmonar y diabetes.
A su historial clínico se le suman también una trombosis, la cual es un coágulo sanguíneo que se forma en una vena profunda en el cuerpo; cuatro cirugías en la columna producto de un accidente de tránsito que sufrió; y el lado derecho de su corazón es más grande.
LA SENTENCIA DE LA CORTE Y LOS GIROS DEL CASO:
El caso de Víctor Escobar tomó un nuevo rumbo luego de que la Corte Constitucional emitiera, en julio pasado, la Sentencia C-233 del 2021, con la cual amplió los escenarios de procedencia de la eutanasia como forma de proteger el derecho a morir dignamente. Dentro de estos ajustes quedó contemplado que los pacientes que “padezcan un intenso sufrimiento físico y síquico proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable”, podrán acceder a esta intervención sin que fuera considerado un delito de homicidio por piedad.
Bajo esa normativa, quedó establecido que una persona no necesariamente tiene que tener una enfermedad terminal para solicitar la eutanasia, recordando que, con la Sentencia C-239 de 1997, la Corte despenalizó este procedimiento en el país.
En el 2020 a Escobar ya se le había negado la intervención médica al no ser considerado un paciente terminal: “El año pasado que me hicieron la valoración en la Clínica Valle del Lili aquí en Cali, la junta determinó que yo no era paciente terminal, entonces por eso no me la autorizaron, porque yo soy solo un paciente degenerativo”, dijo el año pasado en una entrevista con Noticias Caracol.
En septiembre pasado, ya con la sentencia de la Corte en firme, reiniciaron los enfrentamientos legales, pero el proceso se pospuso ante el desconocimiento de una especialista que lo atendió sobre cómo proceder en dichos casos. En octubre volvió a tomar fuerza la puja y un juez de Cali ordenó a la EPS que debía continuar con el procedimiento para efectuar la eutanasia; sin embargo, esta impugnó la decisión, entorpeciendo el proceso, según manifestó el abogado Giraldo.
Esa determinación fue apelada y, como se explicó más arriba, el juzgado 17 Civil del Circuito de Cali ordenó a la EPS que debía reunirse con el ciudadano caleño para programar y acompañar su solicitud. Este viernes, y después de tantas luchas, el anhelo de Víctor Escobar podría hacerse realidad.
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