Estado colombiano deberá indemnizar a excompañera sentimental de Jaime Garzón

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca también respaldó el fallo del Consejo de Estado que determinó la responsabilidad de diferentes entidades en el asesinato del humorista

Guardar
Jaime Garzón (Colprensa - Camila Díaz)
Colprensa
Jaime Garzón (Colprensa - Camila Díaz) Colprensa

Este viernes 17 de diciembre se conoció el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ordena al Estado colombiano indemnizar a Gloria Cecilia Hernández Krog, excompañera sentimental de Jaime Garzón, quien fue asesinado el 13 de agosto de 1999 en Bogotá.

La decisión de la Sección Tercera Subsección B del tribunal “condenó a la Nación Ministerio de Defensa – Ejército Nacional – Policía Nacional a pagar por concepto de perjuicios morales la suma de doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ejecutoria del presente a Gloria Cecilia Hernández Krog en calidad de compañera permanente de Jaime Hernando Garzón Forero, conforme lo expuesto en la parte considerativa”.

Ayudó que el 19 de diciembre de 2002, el Juzgado 12 de Familia de Bogotá declarara la existencia de unión marital entre Hernández y Garzón, que fue confirmada el 15 de diciembre de 2003 por el Tribunal Superior de Bogotá. A partir del estudio del caso en un fallo de 54 páginas, el tribunal afirmó que si hay motivo para indemnizar a la mujer por el daño sufrido.

“Para la sala, hay lugar a la declaratoria de cosa juzgada parcial en cuanto al objeto y la causa de acuerdo con la decisión adoptada por el Consejo de Estado que declaró la responsabilidad del Estado en la muerte de Jaime Hernando Garzón Forero; sin embargo, hay lugar a acceder a las pretensiones de la demanda de Gloria Cecilia Hernández Krog en calidad de compañera permanente por no haber operado la caducidad del medio de control al ser catalogado por la referida Corporación como un delito de lesa humanidad y acceder al reconocimiento de perjuicios morales y negar las demás pretensiones”, argumentó el tribunal.

El fallo, citado por W Radio, declaró “cosa juzgada parcial” la responsabilidad del Estado en el asesinato de Jaime Garzón el 13 de agosto de 1999, ratificando y acogiendo la sentencia del Consejo de Estado proferida el 14 de septiembre de 2016.

Si bien el Tribunal de Cundinamarca le dio la razón a la expareja sentimental de Jaime Garzón, la madre y los hermanos del humorista completaron cinco años esperando a que se cumpla el fallo del Consejo de Estado que ordenó la reparación a la familia.

En ese fallo de 2016se responsabilizó al Ministerio de Defensa, al Ejército, a la Policía y al antiguo DAS como autores determinantes en el asesinato del periodista y humorista. Además, el alto tribunal reconoció el homicidio como un crimen de lesa humanidad.

Según lo proferido por la entidad judicial, el coronel del Ejército en retiro Jorge Eliécer Plazas Acevedo y el exsubdirector del DAS José Miguel Narváez son responsables de los seguimientos ilegales en contra de Garzón. Se les atribuye, también, la responsabilidad de compartir con Carlos Castaño la información recogida durante esos operativos ilícitos.

Por estos hechos, el alto tribunal determinó que el Estado era responsable por la permisividad frente a los vínculos existentes entre fuerzas estatales y los grupos armados al margen de la ley. Consideró, además, que el asesinato se cometió con fines terroristas y que fue una vulneración grave a los derechos humanos, especialmente por la indefensión en la que se encontraba el periodista para el momento del crimen.

En cuanto a la reparación, el Consejo ordenó que el Estado debe pagar casi 700 millones de pesos, equivalentes a 200 SMLMV a la familia del periodista. y a que el comandante general del Ejército y el director general de la Policía se disculparan públicamente con los familiares de la víctima.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar