Consejo de Estado ratifica curules de Roy Barreras y Armando Benedetti

La entidad dejó en firme la sentencia de primera instancia proferida por la sala especial del 8 de septiembre de 2021 en la que denegó la solicitud de pérdida de investidura presentada contra ambos políticos

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Los senadores Armando Benedetti y Roy Barreras, elegidos por el Partido de La U para el periodo 2018 - 2022, fueron ratificados en su cargo por la sala plena del Consejo de Estado este 14 de diciembre. La entidad dejó en firme la sentencia de primera instancia proferida por la sala especial del 8 de septiembre de 2021 en la que denegó la solicitud de pérdida de investidura presentada contra ambos políticos por presuntamente haber incurrido en conflicto de intereses con el movimiento en el que militaban.

“Confirmar la sentencia del 8 de septiembre de 2021, proferida por la sala especial 26, que denegó la solicitud de pérdida de investidura de los congresistas Armando Alberto Benedetti Villaneda y Roy Leonardo Barreras Montealegre, por las razones expuestas anteriormente”, se lee en el documento de 18 páginas publicado por el Consejo de Estado.

Este pleito viene desde hace meses, cuando el denunciante acusó a Barreras y Benedetti para que perdieran su investidura por ir en contra de las normas disciplinarias del Partido de La U y del régimen de bancadas. Esto, porque ambos criticaron las decisiones y alianzas de esa colectividad, cambiaron intempestivamente de alineaciones y manifestaron su apoyo por el movimiento petrista.

Sin embargo, y tal y como quedó establecido en el fallo de la primera instancia, el Consejo de Estado determinó que ni el desacato de los congresistas frente a las decisiones de la bancada, sus manifestaciones públicas en contra de esas decisiones, la sanción de expulsión del partido y la continuidad en sus curules, configuran la violación del régimen de conflicto de intereses, aunque constituyen hechos que podrían tener otros efectos jurídicos.

Igualmente, indicó que no existen pruebas de que Benedetti y Barreras estuvieran obligados a manifestar impedimentos durante diligencias del Senado mientras se independizaron del partido. Tampoco está acreditado que hayan obtenido beneficios particulares o directos por ir en contra de La U o por cambiar de frente político.

En paralelo, recordaron que la Ley 2003 de 2019 sólo se refiere a conflictos de interés de tipo moral cuando hay objeciones de conciencia que obligan, en este caso a los senadores, a apartarse de una votación. Como ninguno de los dos presentó este tipo de trabas, estaban habilitados para participar en todos los asuntos del Congreso, independiente del partido al que pertenecieran.

Con todo, y de acuerdo con el alto tribunal, “la expulsión de los senadores Benedetti Villaneda y Barreras Montealegre del Partido de La U, por desconocer normas disciplinarias, no está prevista como causal de pérdida de investidura”.

Por último, la Sala Plena explicó que no le correspondía hacer ningún juicio de reproche por la violación del régimen de bancadas y por haberse desconocido la prohibición de doble militancia, pues la competencia está limitada a examinar si se configuró la causal de pérdida de investidura invocada. Así mismo, precisó que la interpretación que propone el demandante implicaría extender el conflicto de intereses a un supuesto no previsto por la causal, en detrimento del principio de legalidad, que rige en materia sancionatoria.

No sobra recordar que en noviembre de 2020, La U expulsó a los senadores por incurrir en lo que el partido consideró faltas graves, información contraria a las declaraciones de ambos, que el 15 de octubre de ese mismo año, anunciaron su renuncia al partido político.

La colectividad aseguró que lograron comprobar que Barreras había cometido faltas, razón por la que decidieron expulsarlo ese mismo día. Lo mismo sucedió con el senador Armando Benedetti. En el documento con el que se le notificó su expulsión, el partido argumentó que, “se le comprobó la violación al régimen de bancadas por el incumplimiento de diferentes deberes”, teniendo en cuenta que el senador “no solo no aceptó las decisiones de la bancada sino que emitió voto contrario a lo definido por la bancada de senadores”.

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