El caso del concejal que asesinó a su esposa: la Corte Suprema confirmó la condena a 37 años de prisión

Los hechos ocurrieron en 2010 y se ha adelantado todo un proceso judicial para determinar si se trató de un homicidio o un suicidio

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Julio César Vélez González
Julio César Vélez González

Desde el momento en que ocurrió el crimen, el exconcejal de la ciudad de Cúcuta, Julio César Vélez González ha buscado negar que asesinó a su esposa de un tiro en la cabeza. Sus intentos se terminaron ahora que la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 2017, cuando fue condenado a 37 años de prisión por homicidio agravado.

En 2017 Vélez González fue condenado en segunda instancia por decisión del Tribunal Superior de Cúcuta, que lo declaró responsable de la muerte de María Claudia Castaño Avendaño, ocurrida en el año 2010, con quien había contraído matrimonio en 2009.

El exconcejal, entonces, apeló a la última opción que le quedaba, un recurso de casación, porque desde el momento de la abogada de 21 años de edad, con claras incongruencias, aseguró que el caso había sido, supuestamente, un suicidio.

De acuerdo con el diario El Tiempo, la Corte Suprema de Justicia no aceptó el recurso y ratificó la condena por 450 meses de prisión en contra del exconcejal, por el delito de homicidio agravado, que se suman a una inhabilidad para ejercer cargos públicos de 20 años.

El 16 de noviembre de 2009, Vélez González y Castaño Avendaño se casaron, se habían conocido en la universidad. Establecieron su vivienda en la casa familiar del concejal, donde vivían los padres y la familia extendida, en el barrio Quinta Oriental de la ciudad de Cúcuta, un grupo familiar político reconocido en la región.

Cuatro días después de su quinto mes de casados, según el recurso de casación de 2018 de la Corte Suprema de Justicia, ambos se encontraban en un hall frente a al alcoba matrimonial. Sobre las 6:00 de la tarde, se escuchó un disparo que se incrustó en la cabeza de la estudiante de derecho, disparado por un revólver marca Cassidy, calibre 38, que conservaba cinco tiros más.

Vélez González bajó a los pisos inferiores de la vivienda y le dijo a su tía y a la empleada doméstica que su esposa se había disparado en la cabeza. Un cuñado médico llegó a la vivienda y aseguró que continuaba con vida y solicitaron una ambulancia para trasladar a la mujer a un hospital, pero allí falleció.

El entonces concejal sostenía que su esposa se había suicidado, pero el relato se fue cayendo por su propio peso, en numerosas inconsistencias que no pasaron desapercibidas por las autoridades. Por ejemplo, el principal para la Fiscalía, la forma como se produjo el disparo.

Aunque Vélez incumplió citas con la justicia, trató de desestimar la medida de aseguramiento, logró que las pruebas de pólvora en sus manos salieran negativas, la investigación determinó que él había sido quien accionó el arma para asesinar a la mujer con la que se había casado.

En la escena del crimen no se encontraron manchas de sangre en dirección contraria al orificio de entrada del disparo, ni en las manos de Castaño Avendaño, como habría debido ocurrir si ella misma se hubiera puesto la pistola en la cabeza y la hubiera accionado.

Además, la trayectoria sagital del disparo según los peritos y la Fiscalía hacían imposible que la misma víctima hubiera sido la autora del disparo. Argumentos que acogió también la Procuraduría para solicitar la captura del exconcejal por homicidio agravado.

Vélez González, además, huyó a Venezuela cuando se vio caído en su crimen, pero no logró evitar la justicia. Allí fue acusado de integrar el grupo terrorista, según la acusación del gobierno de Maduro, que perpetró el homicidio del diputado Robert Sierra. El exconcejal fue acusado de tener nexos con paramilitares.

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