La Sala Plena de la Corte Constitucional dio a conocer, este 9 de diciembre, que la discusión relacionada con las dos demandas que pretenden despenalizar el aborto solo seguirá hasta enero de 2022.
Este jueves se llevó a cabo la última sala plena del año y la vacancia judicial arranca el 18 de diciembre, por lo que la discusión del tema quedó aplazada. Por ahora se espera que el tema se retome en la tercera semana del otro año. cuando regrese el alto tribunal a sus labores legislativas.
La discusión del próximo año deberá centrarse en el impedimento que presentó el 18 de noviembre el magistrado Alejandro Linares Cantillo sobre las declaraciones acerca de su posición frente a la despenalización del aborto que ofreció a medios de comunicación.
Por otra parte, el alto tribunal tiene la terea de responder la recusación que presentó el abogado Enrique Gómez Martínez contra la designación de Hernando Yepes Arcila como conjuez. La Corte decidirá si Linares está impedido o no para participar en esta decisión.
Linares presentó el impedimento porque el 11 de noviembre hizo referencia a que el alto tribunal tenía que definir dos demandas que solicitan la despenalización del aborto y la postura personal sobre el tema.
Yepes obra ante el despacho del magistrado Linares y ante la Sala Plena como apoderado judicial de la sociedad Proactiva Doña Juana, en la acción de tutela instaurada en contra de la Sección Tercera del Consejo de Estado. La actuación de Yepes en la tutela no se ha limitado a la radicación de memoriales de impulso o similares como apoderado especial. El apoderado/conjuez ha postulado ante la Corte posiciones tan audaces y beligerantes como la de solicitar, sin camino procesal existente para ello, la separación del conocimiento de la acción de tutela del Magistrado Alberto Rojas Ríos”, dice el documento citado por El Espectador.
Sobre la actuación de Yepes en ambos casos, el abogado Enrique Gómez Martínez dijo que el reproche en sí no es porque Yepes sea juez y apoderado ante la Corte Constitucional.
“En efecto, en caso de que el doctor Yepes acepte su designación y ejerza como conjuez, concurrirán en él la condición simultánea de ser juez y apoderado ante esa corporación, lo que no tendría en principio ninguna razón de reproche si no fuera porque, en su condición de Magistrado ad hoc, el doctor Yepes conocerá y fallará el impedimento presentado por el doctor Linares Cantillo, magistrado ponente que a su turno es ponente y conoce de la Acción de Tutela en la que el doctor Yepes obra como apoderado”, explicó Gómez.
Por otra parte, el pasado 24 de noviembre, Causa Justa, movimiento que hace parte de los demandantes que busca la despenalización del aborto en Colombia, presentó una recusación contra el conjuez por el presunto conflicto de intereses que podría presentarse.
En su momento, Causa Justa aseguró que la imparcialidad del conjuez podría “verse comprometida al presentarse un conflicto de interés que no redunda en beneficio del debido proceso judicial y la sana administración de justicia de ninguno de los tres expedientes en cuestión. El señor Yepes terminaría actuando como juez de uno de sus jueces y como colega de sus demás jueces”.
“Estimamos importante que la Honorable Corte Constitucional tenga en cuenta que el señor Yepes Arcila actualmente obra también como apoderado judicial en un proceso de tutela que está siendo conocido por la Sala Plena de la Corte y cuyo magistrado ponente es precisamente el Dr. Alejandro Linares Castillo”, añadieron en la solicitud.
SEGUIR LEYENDO: