Cámara de Representantes aprobó “mico” contra la libertad de prensa en Colombia

El artículo 68, o de “Injuria y calumnia contra funcionarios públicos”, tuvo luz verde en la plenaria para castigar con cárcel y con multas a quienes critiquen a funcionarios públicos

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Bogotá. Julio 20 de 2021. Instalación de las sesiones del Congreso de la República (Cortesía Cámara de Representantes)
Bogotá. Julio 20 de 2021. Instalación de las sesiones del Congreso de la República (Cortesía Cámara de Representantes)

Fue negada en la plenaria de Cámara de Representantes la proposición para eliminar el polémico artículo 68 del proyecto de ley anticorrupción por 73 votos por el no sobre 51 votos por el sí.

Los promotores de eliminar el artículo, encabezados por los representantes Gabriel Santos, Germán Navas Talero, Juan Fernando Reyes Kuri, Ángela Robledo, María José Pizarro y David Racero, entre otros, alertaron que este “mico” le daba “dientes a la censura en Colombia”, según expresó Santos (Centro Democrático).

De qué trata el polémico artículo 68, o el “mico” contra la libertad de prensa en Colombia

Como parte del articulado del proyecto de ley anticorrupción que busca adoptar medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción en Colombia, el “mico” que limita la libertad de expresión y de prensa en el país, fue incluido de última hora en la plenaria del Senado, por iniciativa de congresistas de la bancada de gobierno que presentaron esta proposición, al parecer, con el visto bueno de la Procuraduría y del Gobierno nacional.

Los autores de esta propuesta son los senadores Efraín Cepeda, Mauricio Gómez Amín, Ana María Castañeda, Guillermo García Realpe, Fabián Castillo, Miriam Paredes, quienes votaron por el “no” en Plenaria.

Al detalle, al artículo 68 se le añadió el 221a titulado de “Injuria y calumnia contra funcionarios o exfuncionarios públicos”, según el cual “el que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.

Ponencia radicada por César Lorduy
Ponencia radicada por César Lorduy

Asomedios, FLIP y organizaciones a favor de la libertad de prensa elevaron sus voces en rechazo a esta proposición que, aprobada mayoritariamente por la bancada de gobierno, sienta un histórico precedente negativo para el ejercicio de la prensa y los derechos democráticos en Colombia.

En contexto: El “mico” en la ley anticorrupción que pone en riesgo la libertad de prensa en Colombia - Infobae

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