El “mico” en la ley anticorrupción que pone en riesgo la libertad de prensa en Colombia

El representante César Lorduy, ponente del proyecto de ley que cursa en el Congreso, introdujo un artículo que castiga con cárcel y multas a quienes incurran en injuria y calumnia contra funcionarios o exfuncionarios públicos

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En la foto: César Lorduy,
En la foto: César Lorduy, representante a la Cámara. (Colprensa - Diego Pineda)

En la Cámara de Representantes cursa el proyecto de ley anticorrupción que busca adoptar medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción en Colombia. La iniciativa se radicó con el respaldo de los Ministerios Públicos y con el apoyo del gobierno de Iván Duque.

El pasado 24 de noviembre, la Comisión Primera aprobó el texto y pasó a segundo debate. Le correspondió al representante César Augusto Lorduy de Cambio Radical radicar la ponencia pero eso sí, aprovechó la oportunidad para meterle mano y agregar un artículo que preocupa a los medios de comunicación.

Este viernes 3 de diciembre, la Asociación Nacional de Medios de Comunicación (Asomedios) lanzó una alerta por un artículo que se introdujo en el proyecto y que puede afectar gravemente la tarea que cumplen los periodistas al cuestionar las acciones de los funcionarios públicos.

Se trata del artículo 221a nombrado “Injuria y calumnia contra funcionarios o exfuncionarios públicos”, según el cual “el que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.

También establece que cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece.

Ponencia radicada por César Lorduy
Ponencia radicada por César Lorduy

Para Asomedios, no hay una relación entre esa disposición con el objeto de la ley, que debería ser evitar actos de corrupción precisamente en el sector públicos que los funcionarios representan.

“La tipificación de los delitos de injuria y calumnia y la responsabilidad penal y civil extracontractual derivada de la comisión de los mismos aplica para todos quienes cometan esos actos en Colombia, sean o no funcionarios o exfuncionarios públicos o sus familiares, por lo que no se entiende tampoco la creación de un régimen especial o privilegiado en caso que los sujetos pasivos de tales delitos fueran estas personas”, sostiene la asociación.

Este “mico” que se metió al proyecto amenaza cualquier denuncia de posibles irregularidades en el sector público como lo hacen, por ejemplo, los medios de información.

“Que el fuero se extienda más allá de los periodos de servicio público con el mismo objeto, solo parece querer garantizar que jamás se denuncien actos o hechos que debieran ser denunciados, por temor a las consecuencias y costos de procesos judiciales en contra de medios y periodistas, es decir una modalidad legal de acoso judicial tendiente a la censura desde el poder público en cabeza de quienes lo ejerzan y sus familias”, sostiene Asomedios.

Desde esta organización piden a la Cámara que en segundo debate esa propuesta sea eliminada por lo inconveniente para el ordenamiento jurídico, en especial para la garantía del ejercicio de la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información de los colombianos.

“Nos llama la atención que se incluya además una disposición así, cuando en el mismo Congreso y por iniciativa del mismo partido Cambio Radical, y con los mismos argumentos que aquí se exponen, se promueve el Proyecto de Ley No. 090 de 2021 del Senado con el fin de erradicar el acoso judicial o litigioso para cercenar los derechos a la libertad de expresión, información y asociación”, se cuestionó Asomedios.

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