Nuevamente le negaron la eutanasia a Víctor Escobar

Un juez del Tribunal Superior de Cali declaró nulo el fallo que autorizaba el procedimiento al paciente que solicita morir dignamente desde hace más de dos años

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Víctor Escobar
Víctor Escobar

La eutanasia ha sido un tema generador de debate durante los últimos meses en Colombia, luego de que se conocieran los casos de Marta Sepúlveda y Víctor Escobar, dos colombianos que se han encontrado con muchas trabas legales para acceder a este procedimiento. De hecho, en las últimas horas, Escobar recibió una nueva mala noticia que lo aleja de la muerte digna que ha pedido desde hace dos años.

El martes 23 de noviembre, el Tribunal Superior de Cali negó la petición de eutanasia para el caleño de 60 años diagnosticado con Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (Epoc) y hemiparecia izquierda. Esto después de que el pasado 22 de octubre, la Clínica Imbanaco de Cali declarará al hombre como “no apto” para el proceso y el caso se fuera a una nueva revisión judicial,

Ahora, si Escobar desea continuar con su lucha por una muerte digna, el proceso debería iniciar nuevamente, cosa que ha sido calificada como “indignante”, por parte de su abogado, Luis Giraldo Montenegro.

En el caso de Escobar, que lleva más de dos años, hay dos fechas importantes para entender la decisión que se tomó en las últimas horas. El 3 de octubre de 2021, el Juzgado 17 Civil del Circuito de Cali autorizó la eutanasia para este paciente y ordenó a la EPS Coomeva la creación de un comité médico revisara la situación y el pedido de Escobar.

La medida se cumplió, pero desde la EPS se impugnó el fallo y se elevó la solicitud al Centro Médico Imbanaco que aceptó “realizar las evaluaciones previas y la conformación del comité interdisciplinario para una segunda opinión”. Sin embargo, el pasado 22 de octubre, la Clínica Imbanaco negó el proceso de eutanasia para Víctor Escobar porque, según ellos, “no es un paciente degenerativo y por lo tanto no accede a la solicitud de la eutanasia”, explicó el abogado del paciente.

Aunque con el fallo del 3 de octubre se había conseguido programar la eutanasia de Escobar para el pasado 29 de octubre, esta imputación obligó al tribunal a estudiar a profundidad los argumentos esgrimidos por el prestador del servicio de salud y, finalmente, este 23 de noviembre, el Tribunal Superior de Cali declaró la nulidad de la sentencia de tutela que ordenaba a Coomeva EPS realizar la eutanasia.

El abogado Luis Giraldo, explicó en RCN Radio que esta decisión se debe a un error judicial por parte del juez 17 Civil del Circuito de Cali y que, por esto, el proceso deberá empezar nuevamente. “De acuerdo a lo expresado por el Magistrado de la sala Civil del Tribunal Superior de Cali, MG Cesar Evaristo León Vergara, la acción Constitucional deberá iniciar de cero, toda vez que al existir una intervención por parte de la superintendencia de Salud a Coomeva EPS, la juez 17 Civil del Circuito debió vincular a dicho agente interventor, al Centro Médico Imbanaco y a Meditec S.A., por lo tanto declara la nulidad de la sentencia de primera instancia”, dijo el abogado a la emisora.

Agregó que no es justo con Víctor Escobar que “un error judicial ponga en espera su decisión de morir dignamente”. Sin embargo, aún queda una leve esperanza que podría evitar que el caso de Escobar deba empezar desde cero, pues en 15 días la justicia colombiana debe pronunciarse nuevamente sobre su situación y será en ese momento en el que se podrá ver si el paciente podrá o no acceder a la eutanasia.

Así lo explicó el profesional a Blu Radio, detallando que “esperamos que el fallo de primera instancia en el momento en que salga, que será aproximadamente en 15 días, tenga en cuenta la voluntad de Víctor como lo tuvo anteriormente, cada día no mejora su calidad de vida, ya ni se para de la cama”.

Cabe señalar que la Epoc y la hemiparesia izquierda no hacen a Víctor un paciente terminal, pero sí es una persona que experimenta profundo dolor y hasta cierto grado de discapacidad, pues la enfermedad lo obliga a estar atado a dos generadores de oxigeno. Estas condiciones sí lo hacen apto para acceder a una muerte digna.

La Corte Constitucional ya emitió un fallo que permite la eutanasia para pacientes con intenso sufrimiento físico o mental por lesiones corporales o enfermedad grave e incurable, aunque el pronóstico no sea terminal.

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