Hasta cuatro años de prisión podrían pagar quienes acosen mujeres en la calle

En tercer debate se encuentra el proyecto de ley que modifica el artículo 210A del Código Penal. Esta nueva iniciativa busca crear que haya penalidad en cuanto al acoso sexual en espacio público.

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Hasta cuatro años de prisión podrían pagar quienes acosen mujeres en la calle, así avanza este nuevo proyecto de ley 
Foto: Karina Hernández/Infobae
Hasta cuatro años de prisión podrían pagar quienes acosen mujeres en la calle, así avanza este nuevo proyecto de ley Foto: Karina Hernández/Infobae

Según las cifras de Naciones Unidas, tan solo en Bogotá, seis de cada 10 mujeres han sido víctimas de algún tipo de agresión sexual. No solo se trata de tocarlas sin consentimiento sino de piropos callejeros, perseguirlas, asecharlas, entre otras... las denuncias por este tipo de actividades cada vez son más comunes y siguen aumentando, razón por la que se radicó un nuevo proyecto de ley que busca que se sancione de manera penal, con años de cárcel, a quienes agredan sexualmente a mujeres en espacio público.

La pena para el agresor será entre los dos a cuatro años de prisión por realizar tocamientos indebidos, exhibicionismo de contenido sexual explícito o asedio verbal o físico con intenciones sexuales en espacios públicos o semipúblicos.

Katherine Miranda, de la Alianza Verde, quien es la autora del proyecto aseguró que se trata de una iniciativa que estipula: “sin mediar consentimiento, acose, asedie física o verbalmente, realice exhibicionismo, tocamientos, filmaciones o cualquier otra conducta de connotación sexual inequívoca o contenido sexual explícito en espacio público o de acceso público”.

Actualmente, a pesar de las constantes denuncias, son muchos los inconvenientes jurídicos que impiden una imputación efectiva para los agresores, puesto que el acoso callejero no encaja fácilmente en una tipificación del Código Penal. Por lo que Miranda considera que el proyecto suplirá una necesidad latente de justicia para las víctimas.

“A falta de un tipo penal específico que castigue estas conductas, se presentan muchos inconvenientes para imputar y sancionar, debido a los delgados límites jurídicos entre los delitos de actos sexuales abusivos, actos sexuales violentos, acoso sexual, injuria por vía de hecho y hostigamientos”, señaló la representante.

El proyecto se encuentra en tercer debate en el senado:

Luego de ser aprobado en las dos primeras fases, en este momento, el documento se encuentra en estudio del Senado para poder convertirse en ley. A propósito de este estado, la congresista Miranda, declaró en El Nuevo Siglo que no solo se trata de amenazar a los ciudadanos con que irán a la cárcel si comenten esta falta, sino de educar a quienes creen que es aceptable tratar a las mujeres de esta manera.

“Hoy en día se cree que está bien decirles cosas a las mujeres en la calle, tocarle alguna parte del cuerpo y eso es “culturalmente aceptable”. No es grave, solo es muestra de macho, de hombría, y las mujeres no deben dar ‘papaya’ para ese tipo de situaciones. El proyecto de ley contempla que los entes territoriales deben hacer unas transformaciones y tener unos recursos importantes para la educación, sobre todo en niños”, explicó a El Nuevo Siglo.

Se tipifica bajo distintas formas en la interacción social: Piropos, miradas lascivas, manoseo en el transporte publico, palabras o gestos, acercamientos intimidantes, fotografías sin consentimiento, agarrones, presión de genitales sobre el cuerpo, exhibicionismo con que debe de llamar la atención de la persona acosada (desnudez parcial o total y masturbación pública), persecución, fotografías no consentidas de partes íntimas de las víctimas, son conductas que atentan contra la integridad de la mujer, y en menor medida de los hombres.

Estos actos refuerzan en el acosador el derecho de llamar la atención de la víctima, poniéndola como objeto sexual y forzándola a interactuar con el acosador.

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