Registran graves disturbios tras intervención de la empresa de servicios públicos ESSMAR

El gobernador de Magdalena dijo que no se va a dejar “robar” el agua de “Duque y sus aliados”

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Este 22 de noviembre la Superintendencia de Servicios Públicos tomó posesión de la empresa encargada de los servicios de agua y alcantarillado de Santa Marta (Magdalena) Essmar, pues se determinó que ha sido incapaz de garantizar el servicio frente a las graves fallas que han ocurrido en la ciudad.

Los propios samarios se han quejado por años de los graves problemas de acceso al agua potable, tanto así que según las mismas autoridades de Santa Marta, dos sectores tuvieron menos de 10 horas de agua al día.

Por esto se determinó que era necesario intervenir la empresa, algo que no le gustó a los trabajadores y contratistas de Essmar quienes llegaron hasta las instalaciones para protestar. Durante la marcha, los empleados lanzaron arengas contra la superintendente, Natasha Avendaño, y pidieron que se detenga la intervención.

El gobernador de Magdalena dijo que no se va a dejar “robar” el agua de “Duque y sus aliados”

Lo más grave ocurrió en horas de la tarde cuando en medio de las protestas, se registró un enfrentamiento entre la fuerza pública y los manifestantes. Según Blu Radio, un funcionario de la Gobernación de Magdalena resultó herido..

“Vienen a tomar la empresa sin ninguna razón y de paso entran a la violencia, agrediendo a nuestros compañeros, cuando estamos en una protesta pacífica porque defendemos la empresa de servicios públicos de los samarios”, dijo uno de los trabajadores a la emisora.

Armando Pérez, supervisor de la empresa, le dijo a Blu Radio que fueron maltratados por la Policía durante la intervención del Esmad.

Llegué a entregar unos papeles y de repente los uniformados me empezaron a golpear y hasta la camisa me dañaron.

Por ahora, la exgerente de ESSMAR Patricia Caicedo dijo que se trata de una decisión que solo responde a la “politiquería” de la superintendente Avendaño.

Se acercan las elecciones y todo indica que quieren favorecer a la clase politiquera local, estamos frente a una medida con intenciones electorales.

Luego de los desmanes y ataques de la Policía Nacional contra los trabajadores, el gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, la alcaldesa de la capital, Virna Johnson, y la superintendente, Natasha Avendaño, sostuvieron una reunión donde se discutió el tema de ESSMAR a profundidad.

El gobernador de Magadalena aseguró que su gobierno luchará contra este nuevo “atropello” en contra de los samarios y dijo que no se dejará robar de nuevo el agua.

“Duque y sus aliados no nos van a robar otra vez el agua como hicieron en el pasado con Metroagua. Atentan contra los samarios usando entidades nacionales como SuperServicios para intervenir ESSMAR, empresa pública rescatada de manos privadas”.

Este es el auto que llegó a la empresa de Servicios Públicos

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las contenidas en los artículos 293 y 294 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto 2555 de 2010 y demás normas concordantes

Considera que:

PRIMERO. – Que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) mediante Resolución SSPD-20211000720935 del 22 de noviembre de 2021, ordenó la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E.S.P., por encontrar configuradas las causales de los numerales 59.1 y 59.7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994.

SEGUNDO. – Que en el citado acto administrativo fui designada como Agente Especial de Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E.S.P.,

TERCERO. – Que de conformidad con los artículos 365 y 366 de la Constitución Política, los servicios públicos domiciliarios son inherentes a la finalidad social del Estado pues permiten alcanzar el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

CUARTO. - Que la Ley 142 de 1994, les otorgó determinadas facultades y prerrogativas a los prestadores de servicios públicos domiciliarios, algunas de ellas propias de las autoridades, las cuales resultan necesarias para asegurar la organización, el funcionamiento, la continuidad, la eficiencia y la eficacia de la prestación del servicio público a todos los habitantes del territorio nacional.

QUINTO. - Que en aplicación de los mandatos del artículo 2 de la Ley 1437 de 2011 y de la jurisprudencia de la Corte Constitucional, los prestadores actúan como autoridades administrativas al conocer las peticiones, quejas y reclamos de los usuarios.

SEXTO. - Que en consideración a las gestiones que deben adelantarse de carácter administrativo con la medida de intervención ordenada por la Superintendencia de la Corte Constitucional. Sentencia C-558 del 31 de mayo de 2001. Magistrado ponente: Jaime Araujo Rentería. Expediente: D3269

Servicios Públicos Domiciliarios y los problemas de orden público presentados el día de hoy, en la sede administrativa de la empresa donde se tramitan los citados peticiones, quejas y reclamos, se ordena suspender los términos para su respuesta desde el día 22 de noviembre de 2021 hasta el día 26 de noviembre de 2021.

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