La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le pidió a Jorge Luis Vargas y a Mariano Botero Coy, directores de la Policía Nacional y del Inpec, respectivamente, que permitan el traslado del exdirector del DAS, Miguel Maza Márquez para que rinda versión ante la justicia transicional por el genocidio de la Unión Patriótica (UP).
Maza ha sido citado en ocasiones previas de manera virtual para rendir su testimonio, sin embargo, esto no se ha dado por supuestos quebrantos de salud, por eso la JEP recurrió a la presencialidad para que el exdirector del DAS por fin hable. Ya se conoció que el condenado deberá asistir así no quiera.
Los magistrados adujeron que, de acuerdo a varios informes clínicos, Maza Márquez puede presentarse. El exmilitar debe ingerir un medicamento periódicamente, hecho que no le impide asistir presencialmente a la versión voluntaria porque no muestran alguna restricción a su movilidad.
El general (r) fue mencionado en los informes de la Fiscalía General de la Nación y del Centro Nacional de Memoria Histórica relacionados a las victimizaciones de los miembros de la Unión Patriótica. De hecho, en los informes presentados por las mismas víctimas se menciona al exmilitar, el cual, se presume, tiene información valiosa sobre las más de 3.000 o 4.000 víctimas que dejó el genocidio del partido derivado del proceso de paz en La Uribe.
Una de las piezas centrales tomadas en cuenta fue la sentencia de la Corte Suprema de Justicia en el caso de Galán, en la que el alto tribunal condenó a Maza Márquez, no sólo como coautor de dicho magnicidio sino también como autor del delito de concierto para delinquir agravado “por promover el grupo armado ilegal que conformaron las autodefensas del Magdalena medio, [ya que] el proceso acredita con suficiencia que el acusado tejió estrechos vínculos con Henry de Jesús Pérez Durán, comandante de dicho grupo ilegal”.
Es importante tener en cuenta que, como ha sido probado en la justicia ordinaria, los grupos paramilitares del Magdalena Medio fueron responsables de múltiples asesinatos y masacres en contra de miembros de la Unión Patriótica.
Dentro de los casos mencionados en los informes presentados a la Jurisdicción, se encuentran los asesinatos de los candidatos presidenciales de dicho partido: Jaime Hernando Pardo Leal (1987) y Bernardo Jaramillo Ossa (1990), así como de los directivos nacionales y regionales, José de Jesús Antequera, Teófilo Forero, Diana Stella Cardona y Gabriel Jaime Santamaría, entre otros.
Maza fue condenado a 30 años de cárcel por el magnicidio de Luis Carlos Galán en 1989 y aunque intentó ingresar a la JEP en 2019 y 2020 por el caso del jefe del Nuevo Liberalismo, la entidad determinó en segunda instancia que el hecho se dio motivado por el narcotráfico, orden dada por Pablo Escobar, y no por una relación directa con el conflicto armado. Maza Márquez fue director del desaparecido DAS entre 1985 y 1991.
Por otro lado, el presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes, se refirió en Infobae Colombia sobre las primeras sanciones del tribunal. “No es algo tan fácil cuando paralelamente tenemos abiertos otros cinco macrocasos. Se ha avanzado muchísimo en cada uno de estos, porque si las imputaciones son aceptadas, como ha ocurrido en el caso de toma de rehenes, lo que sigue es una audiencia de reconocimiento que si la válida la Sala de Reconocimiento se enfila hacia una sentencia, lo cual no ocurre en la jurisdicción ordinaria.
Estamos ad portas de que el tribunal proceda a dictar sentencias con base en la aceptación o no de las imputaciones”.
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