El pasado 12 de noviembre el presidente Iván Duque sancionó la Ley del Presupuesto General de la Nación 2022, a la que en su paso por el Congreso se le agregó una cuestionada modificación a la Ley de Garantías, dejando este mecanismo prácticamente inoperable para las elecciones legislativas y presidenciales de 2022.
Firma del presidente que se dio a pesar de que el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá le ordenó al Ejecutivo abstenerse de aplicar la modificación de la Ley de Garantías.
Por esta situación se registró una cascada de demandas en contra del artículo del presupuesto que modifica la norma. Este miércoles se conoció una nueva demanda instaurada por los senadores Iván Cepeda, Feliciano Valencia, Gustavo Bolívar, Alexander López, Wilson Arias y Alberto Castilla, junto con las representantes, Ángela María Robledo y María José Pizarro para tumbar el artículo 124.
Los congresistas pidieron al tribunal declarar inexequible esta reforma por violar el principio de unidad de materia y la reserva de ley estatutaria. En este sentido, solicitaron a la Corte que tramite el asunto de manera prioritaria y lo declare como de urgencia nacional, con el fin de agotar las etapas procedimentales “antes que se configure una situación fáctica imposible de remediar”, señaló el documento de la demanda.
Agregaron que en el caso concreto sobre la suspensión provisional del artículo demandado -como medida cautelar- la solicitud se sustenta en el marco de una interpretación sistemática de varias disposiciones de la Constitución, en especial, en el artículo 153 que dispone que, “el trámite de una Ley Estatutaria comprenderá la revisión previa por parte de la Corte Constitucional sobre la exequibilidad del proyecto antes de que el mismo sea sancionado y entre en vigencia”.
Los autores de la demanda esperan que la Corte deje sin efectos jurídicos los convenios interadministrativos y demás actos jurídicos que llegaran a firmarse desde el pasado viernes, cuando entró en vigencia la ley, hasta la fecha en que la institución judicial emita la decisión de fondo.
La modificación plantea que con el propósito de promover la reactivación económica y la generación de empleo en las regiones durante la vigencia fiscal 2022, la nación podrá celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación. Es decir, se podrán hacer contratos aún cuando el país esté en medio de las elecciones.
“Todos los convenios que se suscriban bajo el amparo de la presente disposición serán objeto de control especial por parte de la Contraloría General de la República”, detalla la modificación.
El problema es que permitir que todas las entidades públicas del Estado sigan generando contratos puede ocasionar una fuga de dineros que terminarían en campañas políticas.
“Lo que se hizo con el artículo 124 que derogó la Ley de Garantías y permite que la Nación celebre convenios interadministrativos con los entes territoriales, desconoce el trámite legislativo de las leyes, viola la regla de unidad de materia y evidencia la falta de conexidad objetiva y razonable con lo dispuesto en la norma que regula la vigencia fiscal para el 2022″, explicó el senador Antonio Sanguino que junto al exsecretario de Transparencia Gabriel Cifuentes, también presentaron una demanda ante la Corte Constitucional.
“Lo que hizo el Presidente Duque al darle vía libre a la ley de presupuesto con la derogación de la ley de garantías, es meterle un mico del tamaño de ‘king Kong a los colombianos, pues, son 4 billones con los que podrán hacer convenios Inter Administrativos en época electoral”, declaró Cifuentes.
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