España extraditó al empresario Carlos Mattos, llegará esta noche a Colombia

El expropietario de la concesión de la Hyunday en Colombia abordó un avión en Madrid este miércoles y deberá responder por dos procesos judiciales a su llegada al país

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Carlos Mattos en España (Policía Nacional)
Carlos Mattos en España (Policía Nacional)

El empresario Carlos Mattos ya está bajo la custodia de las autoridades colombianas y en las próximas horas aterrizará en Colombia en un vuelo comercial para responder ante la justicia por presuntamente haber sobornado a funcionarios judiciales.

Al parecer Mattos está afectado por el proceso y se ha descompuesto en varias ocasiones. De hecho, en una de las imágenes se le ve con las manos en la cabeza en señal de desconcierto. El empresario habría pagado dinero a funcionarios judiciales para favorecerse en un proceso que llevaba con la marca de carros Hyundai con la que tenía un lío de representación.

El empresario, quien salió en un vuelo comercial a las 10:10 a.m. hora colombiana, viene acompañado con un médico por sus complicaciones de salud. “Desde el 2018 estaba siendo buscado mundialmente, con circular azul y roja. Se cumple la extradición”, expresó el Director General de la Policía Nacional, Jorge Luis Vargas Valencia.

Las autoridades españolas señalaron que si es condenado en Colombia, el empresario, quien tiene doble nacionalidad, podría pedir que su condena se cumpla en el país europeo. Por su parte, la defensa pediría prisión domiciliario mientras sigue el proceso judicial.

Mattos fue representante de Hyundai por 25 años hasta que en noviembre de 2015 la central de la compañía automotora en Corea le notificó que no continuaría el contrato y cedería los derechos para comercializar sus vehículos a Neocorp, un grupo ecuatoriano.

En respuesta, el hombre interpuso una demanda civil para que le fueran reconocidos 770.000 millones de pesos y además se impidiera quitarle la representación de la marca. Sin embargo, de acuerdo con la Fiscalía, el empresario habría entregado sobornos al reparto judicial, para que su proceso llegara al Juzgado Sexto Civil de Bogotá.

Carlos Mattos (Policía Nacional)
Carlos Mattos (Policía Nacional)

Al parecer, había entregado sobornos al juez Reinaldo Huertas para que resolviera a favor su solicitud, como eventualmente sucedió. El juez declaró que Mattos debía continuar con la comercialización de vehículos Hyundai en Colombia hasta que se resolviera la demanda, lo que le llevó a recibir una indemnización por acuerdo con la Motor Company de Corea.

El valor de los sobornos que entonces habría entregado Mattos asciende a los 700 millones, según la Fiscalía.

Por ahora el empresario se ha declarado inocente por los dos procesos judiciales. Por su parte, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, señaló que desde el 16 de febrero de 2021 ha estado en comunicación con las autoridades españolas para cumplir con el trámite de extradición de Mattos Barrero, luego de que el Consejo de Ministros de ese país autorizara el trámite.

Por otro lado, La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó, el pasado 12 de noviembre, su decisión de destituir e inhabilitar durante un término de 15 años al ahora exjuez Reinaldo Huertas, quien fue hallado responsable a nivel disciplinario de haber aceptado sobornos para favorecer al empresario Carlos Mattos en medio del caso Hyundai.

Valga recordar que, el segundo habría pagado al menos $2.500 millones entre 2015 y 2016 a varios funcionarios judiciales para que desviaran una demanda en contra de Hyundai hacia el despacho de Huertas, que por esa época fungía como juez sexto civil del Circuito de Bogotá, para que este último fallara medidas cautelares a su favor y ordenara que el fabricante surcoreano no pudiera hacer negocios con nadie diferente a Hyundai Colombia Automotriz S.A. en el país.

En un comunicado oficial, la Comisión reportó que la decisión se tomó luego de conocer la ponencia del magistrado Juan Carlos Granados Becerra. Fue este togado quien explicó que el destituido juez terminó incurriendo en su accionar en la falta gravísima descrita en el numeral 1° del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.

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