El senador Iván Cepeda anunció que interpondrá una denuncia en la Fiscalía contra el exalto comisionado para la Paz, Miguel Ceballos, señalándolo como responsables del delito de falsedad ideológica en documento público por haber faltado a la verdad y “desconocer las labores de facilitador que realizó por designación y autorización del entonces presidente de la República, Juan Manuel Santos”.
Cepeda explica que en comunicaciones que emitió Ceballos, como respuesta, a peticiones realizadas por Gustavo Rugeles y el representante a la Cámara del Centro Democrático, Edward Rodríguez, en las que, en ambos casos, se le solicitaba al exalto comisionado, información acerca del papel que tuvo el congresista como facilitador en dichos diálogos y acercamientos.
“Aunque esta información es de carácter reservado y, en consecuencia, no puede ser consultada por el público en general, las certificaciones emitidas por el entonces comisionado Ceballos fueron utilizadas para acreditar hechos que no corresponden con la realidad, con los que se me endilga mendazmente unas presuntas conductas punibles que no cometí'’, añade el congresista.
El senador asegura que se hicieron afirmaciones calumniosas en su contra en medios de comunicación y redes sociales para afectarlo judicial y moralmente los días 7 de junio de 2019 y 9 de marzo de 2021. “La conducta desplegada por Ceballos, puso en peligro no solamente la confianza en las instituciones publicas, sino que fue aportada, como prueba, en una denuncia penal, que en indagación previa, cursa trámite en la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia”, señaló.
Hace unos días la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la denuncia presentada por el abogado Víctor Mosquera contra el senador Iván Cepeda por presuntamente haber ocultado y eliminado información y conversaciones que lo vincularían con Juan Guillermo Monsalve, el ‘testigo’ estrella’ en el caso Uribe.
Mosquera lo acusaba puntualmente por obstrucción, alteración y destrucción de material probatorio. Ante la decisión de la Corte, Cepeda dijo que “enterado de unos hechos que podrían ser relevantes para la justicia, de manera inmediata, los puse en conocimiento de mi abogado y, por su intermedio, de la Corte Suprema de Justicia, por lo que de ninguna manera puede decirse que haya ocultado pruebas a la justicia, sino que por el contrario la entrega voluntaria y pronta de dicha información permitió que se iniciara la actuación judicial”.
Según lo conocido por el senador, la Corte declaró que él no incurrió en ninguna conducta punible y consideró que los hechos denunciados son “atípicos y no configuran desde ese punto de vista ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio alguno, ni ninguna otra conducta punible de las establecidas en la parte especial del Código Penal”.
La Sala aclaró que no existe un deber de conservación de comunicaciones privadas, ya que esto implicaría el desconocimiento del derecho constitucional a la intimidad y que ni siquiera bajo el principio de solidaridad con la administración de la justicia sería coherente realizar esta exigencia, puesto que se concurriría en una injerencia arbitraria que desconoce el derecho constitucional.
“No es posible configurar un deber de conservación de las comunicaciones privadas sobre el que pueda estructurarse un tipo penal de destrucción de elemento material probatorio, en el caso en que estas comunicaciones ya no estén disponibles por la acción de quien las tenía en su poder. Hacerlo, incluso bajo el argumento del principio constitucional de solidaridad con las autoridades que administran justicia (…) es una injerencia arbitraria -y, por tanto, proscrita- en la esfera de la intimidad personal”, señala el fallo.
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