El Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá ordenó al presidente Iván Duque y a los representantes legales del Gobierno a abstenerse de dar aplicación a la modificación realizada a la ley de garantías. Según el fallo, la decisión busca garantizar los derechos al debido proceso, igualdad e imparcialidad en el proceso electoral.
En el fallo, el juez determina que se violaron los derechos al debido proceso y a la igualdad en el trámite legislativo que modificó la ley de garantías, “el cual fue objeto de votación en Senado y Cámara por desconocer el principio de objeto de reserva y afectar de manera grave los principios de imparcialidad e igualdad electoral”.
La restricción solo estará vigente hasta que la Corte Constitucional conozca de la demanda de acción pública de inconstitucionalidad que adelantará el señor Miguel Ángel Bravo Gutiérrez (demandante), explicó el juzgado.
Ademá, exige que se publique el fallo de tutela en las páginas web de la Presidencia de la República, del Ministerio de Hacienda y de todas las entidades del sector de orden nacional, todo esto esperando pronunciamiento de la Corte Constitucional.
El pasado 19 de octubre, con 54 votos a favor y 30 en contra, el Senado de Colombia aprobó el cuestionado y criticado artículo 125 del Presupuesto General de la Nación para 2022, presentado por el Gobierno nacional, a través del cual se modifica la Ley de garantías.
Esta polémica iniciativa, presentada por el Ministerio de Hacienda, busca dejar sin efecto la prohibición de los servidores públicos de celebrar convenios interadministrativos y de contratación directa a menos de cuatro meses de las elecciones en el país.
Durante el segundo debate del proyecto de ley, que busca asegurar el presupuesto para el próximo año por $350,3 millones y el cual contenía este y otros 163 artículos, se determinó que los convenios que se suscriban, los cuales se podrán realizar durante época electoral, tendrán un control especial por parte de la Contraloría General de la Nación.
“Modificar la Ley de garantías entrados ya en la campaña electoral no es conveniente. Hay también grandes dudas sobre la pertinencia de hacerlo a través del mecanismo escogido. Ojalá el Congreso tenga la sabiduría de no cometer ese error”, señaló el presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), Bruce Mac Master, quien ha manifestado su inconformidad con este artículo defendido por el Gobierno nacional.
En su momento, el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, argumentó que con el fin de que no se vieran interrumpidas contrataciones, como las de infraestructura vial y proyectos de agua potable durante la época electoral, se impulsaba este artículo, que “no suspenderá la Ley de garantías”.
Este artículo, que dividió a las bancadas del Centro Democrático y de Cambio Radical para su votación, y el cual fue rechazado por diferentes sectores como los empresarios del país, deberá ser aprobado por la Cámara de Representantes para su aval.
“Qué se podía esperar de las mayorías de un Senado que jamás ha representado intereses del pueblo colombiano. Acaban de hacerle el quiebre a la Ley de garantías para que entidades del Estado puedan contratar en medio de elecciones. ¡Otro golpe al corazón de la democracia!”, aseveró el precandidato presidencial Camilo Romero.
Por su parte, el líder de izquierda y precandidato presidencial del Pacto Histórico, Gustavo Petro, advirtió que, “lo que acaba de aprobar el Congreso es que las elecciones del año entrante no tendrán garantías. Buscan el fraude masivo partir de comprar votos con el erario”.
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