Fiscales del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma) presentaron ante jueces de control de garantías a dos personas señaladas de agredir a animales en Bogotá y en Pulí (Cundinamarca), respectivamente.
El primero y más indigente es el ataque con arma de fuego a Tayson, un perrito que estaba en la calle y que recibió la ira y frustración de un policía.
Según la Fiscalía, por el delito de maltrato animal fue imputado un patrullero de la Policía que el 27 de octubre 2020, presuntamente atacó con su arma de dotación a un perro llamado Tayson en la localidad de Ciudad Bolívar, en Bogotá.
De acuerdo con la evidencia recolectada por un fiscal Gelma, el uniformado se movilizaba en una motocicleta de la institución, cuando Tayson al parecer le ladró. Por esta razón, el procesado habría intentado agredir al animal con su bastón de mando, pero al no lograrlo, le disparó en dos ocasiones en la mandíbula y el cuello.
Tras el ataque, el policía se habría retirado del lugar sin brindar atención al perro. Una patrulla que acudió minutos después lo trasladó a una clínica veterinaria. Posteriormente, el dueño de Tayson lo llevó a otro hospital donde le diagnosticaron fractura de mandíbula y otras lesiones que afectaron gravemente su integridad.
Agresión con arma blanca a tres perros en Pulí
El 16 de agosto de 2020 en una finca de la vereda Palestina en el municipio de Pulí (Cundinamarca), un hombre, en un acto de intolerancia, habría agredido con arma blanca a tres perros llamados Kira, Sacha y Konan, de raza Pitbull.
Los tres caninos recibieron lesiones en el cráneo, tórax y rostro, que les habrían generado secuelas físicas y emocionales. Por estos hechos, le fue imputado el delito de maltrato animal.
Estas son las consecuencias legales del maltrato animal
El ente acusador ha logrado 61 condenas contra maltratadores de animales desde enero de 2020 hasta el 15 de septiembre de 2021. Dos casos nuevos se registraron en los últimos días en Zipaquirá, Cundinamarca, y en Neiva, capital de Huila.
Para estos casos, se dispone del recurso de la Ley 1774 del 6 de enero de 2016. Este documento garantiza que la actitud entre humanos y animales se base en el “respeto, solidaridad, compasión, ética, justicia, cuidado, la prevención del sufrimiento, en la erradicación del cautiverio y el abandono”, cita el documento.
Por otro lado, el bienestar de los seres vivos radica, a su vez, en que su tenedor deberá cumplir cinco principios mínimos: que no sufran hambre, sed, malestar físico o dolor; que no se le provoquen enfermedades por negligencia o descuido, que no sean sometidos a miedo o estrés y que puedan manifestar su comportamiento natural.
Según el artículo 4 de la ley, quienes incurran en actos dañinos que no provoquen la muerte o lesiones contra la salud e integridad física de los animales serán sancionados con multa de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Al día de hoy, la cifra oscila entre 4.542.630 pesos hasta 45.426.300 pesos.
Por otro lado, quienes causen la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física del animal podrán enfrentar penas de prisión entre los 12 y 36 meses. Además, enfrentarían inhabilidad especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales.
Frente a las multas económicas, quienes causen el daño descrito anteriormente deberán pagar entre 4.542.630 pesos y hasta 54.511.560 pesos.
Incluso, estas se verían incrementadas de la mitad a tres cuartas partes si se cometen con los siguientes agravantes:
- Sevicia.
- Cuando una o varias de las conductas mencionadas se perpetren en vía o sitio público.
- Valiéndose de inimputables o de menores de edad o en presencia de aquellos.
- Cuando se cometan actos sexuales con los animales.
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