Luego de conocerse la tutela interpuesta por el ciudadano Leonardo Santo Petro Llorente contra la canción ‘Perra’ y J Balvin, el Ministerio de Cultura emitió un llamado donde cuestiona la acción legal y pide al Consejo de Estado -autoridad que acogió el documento para su revisión-, que desestime lo planteado, pues afirma que, “es constitucional y legalmente imposible aceptar las peticiones del accionante”.
Al mismo tiempo, la cartera de Cultura, mencionada en la tutela, sugiere a la entidad judicial que rechace los señalamientos que hace el abogado Santo Petro contra la Presidencia de la República, la Consejería para la Equidad de la Mujer, la Comisión Legal para la protección de las comunidades negras del Congreso y el mismo MinCultura, y dio a conocer sus razones para no dejar de reproducir el video de la canción que hace el paisa con ‘Tockisha’, el cual ha generado polémica en todo el país.
“Resulta constitucional y legalmente imposible aceptar las peticiones del accionante en el sentido de realizar acciones tendientes a impedir la reproducción o publicación de la pieza musical o su versión en video, al considerar que al acceder a su pedido, estaríamos incurriendo en una clarísima censura”, señala el ministerio en un pronunciamiento conocido por el diario El Tiempo, resaltando que cualquier acto relacionado a la censura va en contra de los principios constitucionales de la nación.
Asimismo, señala que la publicación de la canción y su video en redes sociales y diferentes canales y plataformas de contenido audiovisual y sonoro, así como sus críticas y cuestionamientos en redes sociales, no le competen a la entidad encargada de la cultura en el país. Incluso, y citando varios autos de la Corte Constitucional, dicha cartera sostiene que, así como ‘Perra’, todos los contenidos que se produzcan en Colombia están amparados bajo el principio de la libertad de expresión, contrariando a lo que expone el abogado Petro Llorente en la tutela.
Además, en la comunicación emitida por el diario en mención, MinCultura manifiesta que es deber trabajar “por la erradicación de cualquier tipo de censura o restricción que afecte el imperativo constitucional de la libertad de expresión, en sus dos facetas, tanto la del creador como la del receptor de la obra”, explicando también que le corresponde a las autoridades competentes, la protección de las expresiones creativas.
Finalmente, el ministerio expresa de manera tajante que, “en ningún momento (…) se ha pretendido, se pretende o pretenderá, irrespetar las creencias de cualquier residente en nuestra Nación”, reiterando que hay instituciones que propenden por la protección de las creencias y la vida misma de quienes residen en Colombia, en cumplimiento con los deberes del Estado plasmados en la Constitución.
Cabe mencionar que, en el documento admitido por la Sección Tercera del Consejo de Estado, el abogado expone que ‘Perra’, contiene términos y señalamientos que hacen apología al sexismo, racismo, machismo, la misoginia, la humillación de las comunidades afrodescendientes y que además, van “en contra de la dignidad de la persona humana de la mujer”; motivo por el cual pide que se respeten y protejan los derechos de las personas negras bajo los principios de igualdad y no discriminación.
De otro lado, el magistrado Jaime Enrique Rodríguez Navas, quien tomó el caso, ordenó notificar a la Procuraduría General de la Nación para que se avance en la decisión final del proceso, si se acoge a lo mencionado por el demandante o si, por el contrario, se inclina a lo referido por el Ministerio de Cultura.
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