El domingo 31 de octubre Luz Miryam Pérez, esposa de Armando Sánchez Roby uno de los colombianos detenido por narcotráfico en la cárcel de Guangzhou, China; recibió una triste llamada donde las autoridades colombianas le comentaban que su esposo había fallecido tras luchar dos años contra el cáncer.
De acuerdo con la información que dio Pérez a los medios nacionales, a su esposo le diagnosticaron cáncer de próstata mientras esperaba ser ejecutado, pues en el país asiático le dieron la pena máxima por su delito. Pese a que las probabilidades de vida para Armando Sánchez no eran muchas, el estaba en tratamiento para superar la enfermedad que finalmente acabo con su vida.
Ahora Luz Miryam, que habló con Blu Radio, está pidiendo ayuda con el fin de repatriar el cuerpo de su esposo pues las autoridades colombianas le señaló que esto no sería posible “me dijo (el consulado) que el Gobierno no gestionaba la repatriación del cuerpo ni por vía diplomática y que China tampoco permitía esos envíos”, aseguró.
Además, comentó que se entero de la noticia pues el cónsul la llamo para pedirle autorización para cremar el cuerpo de su esposo y le aseguró que en la cárcel tiene un lugar para poner los restos.
“La Cancillería no se ha pronunciado absolutamente para nada. Cuando el cónsul me llamó me pidió la autorización para cremar el cuerpo de él, según me comentó, la prisión tenía un sitio para guardar los restos, pero yo le dije que más bien los recogieran ellos y los llevaran al consulado y yo buscaba alguien que los reclamara para ver cómo los puedo repatriar”, contó a la emisora colombiana.
Por ahora la mujer se encuentra haciendo todo lo posible para poder, al menos, tener las cenizas de su esposo, además, es importante mencionar que el hijo de Sánchez también fue condenado por el mismo delito pero a cadena perpetua.
Recordemos que a mitad de año el presidente de la República, Iván Duque sancionó la ley 2092 del 29 de junio de 2021 en la que se ratifica un tratado entre Colombia y China para repatriar a los ciudadanos colombianos que están condenados en las cárceles de ese país asiático y que les permitiría arribar a su nación natal para culminar sus sentencias.
De acuerdo a este edicto, los colombianos que quieran adelantar el proceso de repatriación deberán cumplir 1. en ser ciudadanos nacionales del país receptor. 2. que la conducta por la cual se impuso la sentencia también constituya un delito según las leyes de ese país y 3. que la sentencia impuesta este ejecutoriada, sin posibilidad de recurso adicional.
De igual manera, quien se someta a dicho proceso, no deberá tener procesos pendientes con las autoridades en China. Además, cuando se pida la repatriación, al ciudadano debe quedarle, por lo menos, un año de pena, que deberá pagar en Colombia.
El trámite se realizará de manera escrita y, de acuerdo con la ley, se comunicará “el consentimiento de ser trasladado, o a través de un representante legal, cuando cualquiera de las Partes lo consideren necesario, en atención a su edad o condición física o mental y si ambas Partes aprueban el traslado”. Además, se hace claridad de que:
“Después de recibir a la persona condenada, la Parte Receptora continuará la ejecución de la sentencia determinada por la Parte Trasladante de acuerdo con la naturaleza y la duración de esta; y la Parte Receptora aplicará la sentencia, de la misma manera, como una sentencia impuesta por sus propios tribunales”, se lee en en el documento.
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