Tras la polémica por la posible libertad de Luis Alfredo Garavito, conocido como el asesino en serie número uno de niños en el mundo, proceso que habría solicitado el Instituto Penitenciario de Colombia (Inpec), la entidad se pronunció explicando que el hombre no saldrá de la cárcel.
“El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario informa que no es la entidad competente para conceder a un Privado de la Libertad un subrogado penal. La función del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario es entregar la documentación correspondiente al tiempo de condena y de redención al Juez de Ejecución de Penas, quien es el único competente para decidir sobre los beneficios que pueden tener las personas privadas de la libertad”, señaló.
El Inpec explicó que ellos están en la obligación de entregar la documentación sobre todos los encarcelados, sin excepción, para que el juez evalúe de manera objetiva si procede o no algún beneficio. “Es decir, que estos soportes documentales hacen parte de la información de la hoja de vida de los PPL, y no representan ningún “AVAL” frente al proceso del condenado”.
Y recordaron cuales son los requisitos que debe cumplir una persona para solicitar la libertad condicional:
1. Que la persona haya cumplido las tres quintas (3/5) partes de la pena.
2. Que su adecuado desempeño y comportamiento durante el tratamiento penitenciario en el centro de reclusión permita suponer fundadamente que no existe necesidad de continuar la ejecución de la pena.
3. Que demuestre arraigo familiar y social (esto lo determinará el juez)
“En todo caso su concesión estará supeditada a la reparación a la víctima o al aseguramiento del pago de la indemnización mediante garantía personal, real, bancaria o acuerdo de pago, salvo que se demuestre insolvencia del condenado”.
Y dijeron que cuando esos puntos se cumplan, el INPEC envía la documentación sobre el caso del particular.
“El día 14 de mayo del presente año, la Dirección del Establecimiento previa revisión de la Dirección Regional Norte del INPEC tramitó ante el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar la entrega de los documentos conocidos por los medios de comunicación dando cumplimiento al artículo 471 de la Ley 906 de 2004 Código de Procedimiento Penal”. Finalmente dicen que actuaron conforme a la ley.
Este 31 de octubre se conoció que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) presentó documentación para solicitar la libertad condicional al violador y asesino en serie de niños Luis Alfredo Garavito Cubillos, pues ya habría cumplido los requisitos para obtener este beneficio.
A pesar de esto, el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito de Valledupar negó la libertad para el psicópata; sí quedó la posibilidad de que Garavito cumpla con los otros dos requisitos que tiene a la mano para poder salir de la cárcel, en la que está desde 1999, el primero es pagar la multa de 172 salarios mínimos legales vigentes, y un requisito de arraigo, que lo obligaría a decir el lugar y la persona con la que se quedaría tras obtener el beneficio.
El programa Los Informantes de Caracol fue el que reveló esta solicitud y reveló el fallo. Infobae también conoció el documento del Juzgado primero de ejecución de penas y medidas de seguridad de Valledupar donde de niega la libertad para el asesino serial. Infobae también conoció el texto con firma del 14 de mayo y que fue firmado por el director de Epcam Valledupar, César Fernando Caraballo Quiroga, cárcel donde pasan sus días Garavito y otros criminales peligrosos, en el que se puede ver el Trámite de Libertad Condicional.
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