Condenan a ocho años de cárcel a exagente del Esmad por encubrir homicidio de Nicolás Neira en 2005

La Fiscalía logró demostrar que la investigación para resolver el asesinato fue entorpecida por el uniformado

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Nicolas Neira, joven asesinado por el ESMAD en el 2005 / (Twitter: @AlirioUribeMuoz).
Nicolas Neira, joven asesinado por el ESMAD en el 2005 / (Twitter: @AlirioUribeMuoz).

El mayor (r) Fabián Mauricio Infante Pinzón fue condenado por un juez de conocimiento de Bogotá a ocho años y seis meses de cárcel por el delito de favorecimiento al homicidio por la muerte de Nicolás Neira ocurrida el 6 de mayo de 2005 en Bogotá durante unas manifestaciones violentas. El hombre entorpeció las investigaciones con el objetivo de encubrir los hechos.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos demostró que el exagente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) ocultó material probatorio sobre la responsabilidad del patrullero Néstor Rodríguez Rúa en los hechos.

Este expolicía ya fue condenado por el crimen dado que se demostró que disparó contra el adolescente con un arma de fuego conocida como ‘truflay’. Ahora Infante Pinzón deberá enfrentar también una habilidad para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la pena principal. Ahora el caso también lo tiene la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que admitió su investigación.

Hace unos meses y después de 16 años, la juez 18 Penal de Conocimiento de Bogotá impuso una condena de 17 años de cárcel y cuatro meses de prisión en contra de Rodríguez Rúa. La funcionaria judicial valoró el material probatorio y los argumentos de la Fiscalía Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos para emitir el fallo.

En la decisión judicial, también se ordenó la captura del ex agente Julio Rodríguez Rúa, para que cumpla su condena en centro carcelario. Además, tendrá una inhabilidad equivalente al tiempo de condena para ejercer funciones públicas.

La juez declaró al uniformado responsable del delito de homicidio en la modalidad de dolo eventual, es decir, que el agente del ESMAD era consciente de las posibles consecuencias de su acción, pero aún así la ejecutó con previsión de sus resultados.

De acuerdo con la investigación de la Fiscalía, el entonces patrullero adscrito al Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) accionó un arma conocida como gaseador o truflay sin orden previa de sus superiores”, indicó el ente acusador por medio de un comunicado.

Rodríguez Rúa, de acuerdo con los peritajes de balística y los dictámenes médico forenses, disparó de forma lineal y directa contra la multitud que se encontraba ese día manifestándose en la carrera Séptima con calle 18, en el centro de Bogotá.

Asimismo, los peritajes de balística y los dictámenes médico-forenses evidenciaron que desconoció los protocolos de uso dispuestos para este tipo de artefactos, y lo disparó de forma lineal y directa contra multitud. Una de las granadas alcanzó a un joven, de 15 años, quien con otras personas acompañaba la jornada en la carrera séptima con calle 18.

La forma como utilizó el arma el ex agente del ESMAD desconoció los protocolos que le habían sido enseñados como instrucción, los cuales indican que el disparo debe ser parabólico, de lo contrario puede causar graves heridas contra la población impactada.

Neira fue la persona a la que impactó el disparo del agente, un joven de 15 años de edad que, como reconoció la juez en audiencia, según cita el diario El Espectador, “hasta ahora estaba formándose como un ciudadano para el efectivo goce de sus derechos”.

La abogada de Yuri Neira, representante de las víctimas y el papá del joven víctima de homicidio, le dijo a ese diario que no estaban de acuerdo con la condena, debido a que es la cantidad mínima que contempla la ley para ese tipo de delitos.

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