Martha Sepúlveda ya fue notificada por Incodol para reactivar la eutanasia

A través de una carta, la paciente señaló que en la mañana de este jueves recibió una llamada del Instituto Colombiano del Dolor

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Luego de que se conociera el fallo de un juez que ordena a la IPS de Martha Sepúlveda, Instituto Colombiano del Dolor, aplicar la eutanasia como se había acordado meses atrás, este jueves, la paciente confirmó que ya fue contactada.

Según conoció Blu Radio, en la llamada el instituto le informó que ya podían fijar una fecha. Sin embargo, ella respondió que si bien se mantienen su “voluntad y deseo de acceder a la muerte médicamente asistida a través de la eutanasia”, por ahora no va a fijar una una hora y un día como tal.

Agregó en la carta que una vez ella decida una nueva fecha, lo informará oficialmente al juez, a quien también le agradeció por “haber administrado justicia en forma diligente y por haber protegido mis derechos fundamentales vulnerados”.

El juez estableció que no se le pueden exigir a una persona tener una enfermedad terminal para acceder a la eutanasia y le exigió a Incodol cumplir con la reciente Sentencia C-233 de 2021 de la Corte Constitucional que amplía el procedimiento a pacientes con enfermedades no terminales.

“Aclaró que es cada persona la llamada a valorar qué sufrimiento considera insoportable e incompatible con su idea de vida digna. No son los médicos los que pueden decidir si alguien sufre o no lo suficiente para morir con dignidad”, expuso DescLab, la defensa de Sepúlveda.

En su momento, la IPS basó su decisión de cancelar el procedimiento en el numeral 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud, que le asigna al Comité dentro de sus funciones revisar el trámite de la solicitud y el procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que afecte el desarrollo del mismo.

El caso de Sepúlveda tomó relevancia nacional luego de que fuera la primera paciente con una enfermedad no terminal en ser aceptada para el procedimiento, luego de que la Corte ampliara la reglamentación del acceso a la muerte digna en Colombia.

El proceso se iba a realizar el pasado domingo 10 de octubre a las 7 de la mañana y días antes Sepúlveda ya había dejado todo listo para partir de este mundo. Ahora, tras la decisión del juez, falta esperar la respuesta de la IPS Incodol.

El proceso se iba a realizar el pasado domingo 10 de octubre a las 7 de la mañana, días antes Sepúlveda ya había dejado todo listo para partir de este mundo. Pero con el freno que puso su propia IPS la situación se complicó.

Tanto así que hasta este 27 de octubre, el Ministerio de Salud se pronunció sobre la sentencia de la Corte Constitucional, y fue para cuestionar el texto lleno de “evidente ambigüedad” e incongruencias; por lo que pide más claridad y niega reglamentar este tipo de procesos.

La entidad se cuestiona sobre la sentencia: ¿Qué se entiende por profundo sufrimiento físico o psíquico? o más bien, ¿Qué nivel de los mismos debe experimentar un paciente para que las entidades de salud le permitan el acceso a una muerte digna por medio de la eutanasia? A lo que la cartera detalla una serie de consideraciones, entre las que se cuenta el hecho de que no todos los profesionales de la salud cuentan con las herramientas necesarias para determinar la extensión de una enfermedad grave e incurable.

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