En Neiva, capital del Huila, es habitual que el último jueves del mes de octubre se realice la jornada del Día sin carro. Sin embargo, en esta ocasión, esta iniciativa se cruza con el Día sin Iva que decretó el Gobierno nacional en todo el país. Los comerciantes han solicitado por esta razón de manera reiterativa que el Decreto 0873 de 2020, que regula la actividad sin vehículos, sea retirado o aplazado con el fin de que no pierdan las ventas y ganancias.
“Nuestra solicitud al señor alcalde, y sabemos que él lo está haciendo ante el Gobierno Nacional, es a que traslademos el Día sin carro al 27 de octubre, a fin de que el 28 se mantenga como Día sin IVA para que los usuarios y clientes de los establecimientos de comercio que ya tienen vistos los artículos, pues que los adquieran en su momento”, comentó Silvia Cristina Cuéllar, directora ejecutiva Fenalco Huila.
Sin embargo, el Decreto 0873 del Día sin carro se estipuló en 2020. Aunque el alcalde Gorky Muñoz Calderón tiene la autoridad en las decisiones que se toman en la ciudad, esta iniciativa solo se puede quitar con la autorización del Ministerio del Interior. A pesar de que Muñoz esta de acuerdo con que se retire el Decreto, solo podrá dar la orden cuando el Ministro, Daniel Palacios Martínez, le otorgue el permiso.
Según los comerciantes de la ciudad, el hecho de que no se permitan circular los carros durante ese día afectará de manera negativa la jornada y, de seguro, las ventas serán mínimas pues los ciudadanos evitarán salir de sus casas o habrá congestión en el servicio público. Por su parte, Elberto Garavito, secretario de Movilidad de Neiva, comentó que sea cual sea la decisión que tome la Alcaldía se garantizará el transporte en la ciudad.
“La idea es que comencemos a utilizar medios alternativos de transporte y el transporte público estará garantizado ese día. Tengamos en cuenta que el aforo de los vehículos de transporte público ya está en el 75% así que mejorará el acceso de los ciudadanos”, aseguró Garavito.
¿Cómo funcionará el Día Sin IVA?
Desde el 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre de 2021 se llevarán a cabo las tres nuevas jornadas del Día sin IVA en Colombia, una medida que busca impulsar la reactivación económica en el país, la cual fue reglamentada por el Gobierno nacional.
A través del decreto 1314 del 20 de octubre de 2021, el Ministerio de Hacienda respondió algunas de las dudas manifestadas por parte de los comerciantes y compradores durante estas nuevas ediciones que tienen el objetivo de dinamizar el comercio de productos y servicios durante estas tres fechas.
El documento señala que los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) deben parametrizar los sistemas informáticos para estas tres jornadas, así como controlar el número máximo de unidades que se pueden comprar para “garantizar que los bienes cubiertos adquiridos no superen los montos económicos establecidos”.
Asimismo, el decreto establece que se debe garantizar que el precio de venta del producto corresponda al valor pagado por el comprador antes de aplicar el IVA, a su vez, el Ministerio de Hacienda señala que durante la compra se debe realizar la facturación electrónica, la cual deberá ser expedida el mismo día que se realizó la venta durante la jornada del Día sin IVA.
“Para que se mantenga la exención del IVA cuando se presenten devoluciones, cambios o garantías sobre los bienes que fueron vendidos en el día que se aplicó esta exención, el responsable del impuesto sobre las ventas deberá realizar la devolución, cambio o garantía por otro bien de la misma referencia, marca, valor y al mismo comprador del bien de devolución, cambio o garantía”, indica el documento.
De igual manera, señala que los pagos por los productos y servicios se deben realizar con tarjetas débito o crédito, efectivo o cualquier otro método de pago electrónico, y explica que los productos adquiridos mantendrán su exención del IVA, siempre y cuando sean recogidos dentro de las dos semanas siguientes a su adquisición.
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