Pliego de cargos contra el exalcalde y exsecretario de Ciudad Bolívar, Antioquia, por presuntas irregularidades en contratación

La Procuraduría General de la Nación reprochó algunas actuaciones, presuntamente cometidas por los exfuncionarios, frente a la licitación de un contrato de infraestructura vial

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14/05/2021 Economía.- Intecsa-Inarsa supervisará la mejora de la conexión Pacífico-Orinoquía en Colombia por 6 millones de euros.

El Instituto Nacional de Vías (Invias) ha elegido a la ingeniería Intecsa-Inarsa para supervisar la actualización de diseños, mejora, pavimentación, mantenimiento y rehabilitación de la carretera de la Conexión Pacífico-Orinoquía en Colombia bajo un contrato de 6 millones de euros, según ha informado la propia compañía.

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14/05/2021 Economía.- Intecsa-Inarsa supervisará la mejora de la conexión Pacífico-Orinoquía en Colombia por 6 millones de euros. El Instituto Nacional de Vías (Invias) ha elegido a la ingeniería Intecsa-Inarsa para supervisar la actualización de diseños, mejora, pavimentación, mantenimiento y rehabilitación de la carretera de la Conexión Pacífico-Orinoquía en Colombia bajo un contrato de 6 millones de euros, según ha informado la propia compañía. ECONOMIA Intecsa-Inarsa

Por presuntas irregularidades en la licitación en obras de infraestructura vial en el municipio de Ciudad Bolívar, al suroeste de Antioquia, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al entonces alcalde de la localidad, Antonio Jesús Castaño González, y al secretario de Obras Públicas, Juan Carlos Restrepo Ríos.

El Ministerio Público cuestionó a al exalcalde por, presuntamente, realizar la licitación pública por $1.391′474.745 de pesos sin emplear la totalidad de los documentos tipo que son de uso obligatorio por parte de las entidades que se rigen al Estatuto General de Contratación y haberlos aprobado como parte de pliego de condiciones.

A su vez, Castaño González es cuestionado por difundir a través de la plataforma Secop, a través de la cual las entidades del Estado pueden realizar proceso de contratación en línea, el presupuesto oficial en un documento que no correspondía, induciendo, posiblemente a errores por parte de los proponentes al momento de realizar las propuestas para las obras de infraestructura.

De igual manera, la Procuraduría reprochó la presunta falta de dirección en la elaboración del pliego de condiciones según estipula la normatividad actual, al preparar y presentar el formulario presupuestal como un documento integral para el pliego de condiciones de esta licitación, en un formato distinto al que se encontraba señalado en los documentos tipo.

En esta etapa procesal la Procuraduría Provincial de Andes calificó la presunta falta de Castaño González como grave cometida a título de culpa grave, y la de Restrepo Ríos como grave a título de culpa gravísima. Los investigados podrán solicitar o aportar las pruebas que consideren pertinentes para su defensa”, indicó el Ministerio.

Citación a audiencia pública al exconcejal de Medellín

Por otra parte, el ente de control citó a audiencia pública al exconcejal de Medellín, Bernardo Alejandro Guerra Hoyos, por supuestas irregularidades al acceder a la información incluida en la historia clínica del contralor de Antioquia en ese momento, Sergio Zuluaga Peña, sin ninguna autorización.

Por tal razón, el Ministerio Público cuestionó el presunto incumplimiento de sus deberes como cabildante, al acceder y divulgar la información contenida del exfuncionario en diferentes espacios públicos, entre ellas, en una sesión del Concejo de Medellín, una rueda de prensa y entrevistas a medios de comunicación.

“En estos espacios, al parecer, el entonces cabildante hizo mención textual, literal y precisa de datos e información sobre las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los procedimientos ejecutados por el equipo de salud del Hospital La María de Medellín al ciudadano Zuluaga Peña”, detalló el auto de citación a audiencia.

En ese sentido, el ente de control recordó que la historia clínica es un documento sometido a reserva y privado, de cada uno de los ciudadanos, que solo puede ser conocida por los pacientes, médicos, y terceros que tengan la autorización para acceder a la información que esta contempla.

“Al tratarse de datos sensibles, la información contenida en ella no podía ser divulgada en la forma que lo hizo el disciplinable, razón por la cual pudo vulnerar el derecho fundamental del ciudadano”, concluyó el Ministerio.

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