La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró la reciente sentencia de la Corte Constitucional que ordena tomar medidas estructurales para mejorar el sistema de protección a víctimas de trata de personas llevándolo a un enfoque de género e interseccional.
“La decisión reconoce los riesgos particulares que enfrentan las mujeres migrantes venezolanas respecto de la #TrataDePersonas y otras formas de explotación laboral, así como la responsabilidad del Estado en ofrecer un sistema de protección integral”, dijo la CIDH.
Además instó a las autoridades a dar cumplimiento a la sentencia T-236 de 2021 y al Estado de Brasil para que siga tomando medidas para identificar y proteger a las víctimas, especialmente a niñas y mujeres.
En la sentencia de la Corte, exhorta al ministro de Defensa, a la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales y a la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer para que en los tres meses próximos “diseñen un programa de capacitación sobre la investigación y persecución del delito de trata y los delitos directa o indirectamente relacionados con dicho tipo pena”.
Esto se dio tras evaluar el caso de una mujer venezolana identificada como Yolanda, que fue engañada para desplazarse a Colombia con una falsa oferta de trabajo y donde fue amenazada para ser explotada sexualmente.
La Corte amparó los derechos de Yolanda y su familia y confirmó y amplió las medidas de protección que les fueron otorgadas de manera provisional e inmediata por la Corte en septiembre de 2020. Dichas medidas no han sido cumplidas por las autoridades competentes, por lo que Yolanda y su familia permanecían en situación de vulnerabilidad hasta ahora.
Entre las medidas ordenadas por la Corte están el diseño de un protocolo de identificación de víctimas y la capacitación a los servidores públicos sobre las funciones relacionadas contra la trata de personas.
Además, el Estado deberá brindar protección y asistencia integral a las víctimas apenas se detecten indicios de trata, sin necesidad de que exista una investigación penal del delito. En caso de que sí exista, la investigación no se debe anteponer a la protección de los derechos humanos de las víctimas.
Por su parte, reiteró que el Comité Municipal de Lucha contra la Trata de Personas vulneró los derechos de la mujer al someter la inclusión de la demandante en el programa de asistencia y protección a víctimas de la trata de personas a la actuación penal y a la supuesta irregularidad de la situación migratoria de las víctimas, olvidando que, de acuerdo con lo establecido en la jurisprudencia constitucional, la presentación o no de la denuncia y el plan metodológico que la Fiscalía defina para adelantar la investigación, no pueden servir de fundamento para negar la inclusión en dicho programa.
La Fiscalía, en este caso, deberá aplicar de manera inmediata las medidas de protección para la mujer y revisar la tipificación que se hizo de los hechos. Así mismo, el Comité Municipal de Lucha contra la Trata de Personas competente deberá incluir a Yolanda y su familia en el programa de protección y asistencia.
Corte da visto bueno a región metropolitana de Bogotá y Cundinamarca
Este 14 de octubre, la Sala Plena de la Corte Constitucional, con una votación de 8 – 0, le dio vía libre al Acto Legislativo 02 de 2020 con el que se creó la Región Metropolitana de Bogotá, una entidad administrativa con régimen especial que le da potestad al Distrito, Gobernación y municipios aledaños a la capital colombiana tomar decisiones sobre asuntos públicos.
En la ponencia, el alto tribunal sostuvo que la creación de la Región Metropolitana no necesita que se haga una consulta previa, como lo solicitaba una demanda que presentaron en su momento varios congresistas entre los que están: Feliciano Valencia, María José Pizarro y David Racero y los miembros del concejo de Bogotá Heidy Sánchez, Ana Teresa Bernal y María Susana Muhamad.
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