Procuradora Margarita Cabello presentó impedimento para manifestarse sobre curules de paz

La cabeza del Ministerio Público explicó ante la Corte Constitucional las razones que no le permiten emitir concepto sobre el acto legislativo, evocando un pronunciamiento de hace meses

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La Corte Constitucional conoció el impedimento presentado por la procuradora general de la Nación, Margarita Restrepo, para no emitir concepto sobre la exquibilidad del Acto Legislativo 02 de 2021 que revivió las curules de paz que serán votadas en 2022.

La alta funcionaria explicó en el documento que no puede emitir opinión ya que en abril de este año se opuso a que la Corte le concediera la razón a la tutela presentada por el senador Roy Barreras. En su momento Cabello dijo que la votación que se alcanzó ese día no fue suficiente, lo que terminó contradiciendo el alto tribunal.

Además señaló que las curules no eran para víctimas, sino que podrían llegar a sus víctimas, argumento que ha usado el Gobierno nacional, al cual perteneció en 2018 y 2019 cuando era ministra de Justicia. En caso de que la Corte acepte el impedimento, el concepto tendrá que emitirlo el viceprocurador, Antonio Emiro Thomas Arias.

Por ahora la Corte deberá dar respuesta a la recusación que hizo la senadora María Fernanda Cabal a los magistrados Alejandro Linares, Diana Fajardo, Cristina Pardo, José Fernando Reyes y Alberto Rojas por la decisión y también la petición de la senadora Paloma Valencia que envió un documento argumentando que hubo vicios de trámite y errores de procedimiento en el proceso de conciliación entre la Cámara de Representantes y el Senado ya que nos sería el mismo texto.

El documento fue firmado este 6 de octubre por el presidente de Colombia, Iván Duque, tomando como base final la normativa sobre elecciones de estos escaños en la Cámara de Representantes para los periodos 2022-2026 y 2026-2030, dada a conocer esta mañana por el Consejo Nacional Electoral de Colombia (CNE).

Dicha entidad presentó tal normativa durante el evento en el que se suscribió el Acuerdo por la Promoción, Protección y Garantías Electorales de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, en el que participaron otras instituciones como el Ministerio del Interior, la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Unidad Nacional de Victimas y la Unidad Nacional de Protección.

Tras esto, fue el propio presidente Duque quien anunció “que se ha firmado el decreto a través del cual se reglamenta esas curules para las víctimas, con todas las salvaguardas, con todas las protecciones, para que ellos pueden tener su presencia en el Congreso de Colombia y hacer valer sus derechos”.

Según explicó el primer mandatario, dichos escaños se establecen de acuerdo con el Acto Legislativo 02 del 25 de agosto de 2021, y busca que los mismos sean ocupados efectivamente por quienes fueron víctimas de la violencia y no por los victimarios, tras superar un proceso electoral que se adelantará el 13 de marzo de 2022. Los candidatos deberán presentarse por listas que respeten el principio de equidad e igualdad de género.

Uno de los puntos fundamentales, pero que ya había sido reglamentado desde el Acuerdo de Paz en 2016, es que el presidente Duque declaró que los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de Paz con el Gobierno nacional o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos 20 años (entre los diciembres de 1996 y 2016) no podrán presentarse como candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz.

Esta prohibición aplica igualmente para aquellos miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que se desmovilizaron a partir del 1 de diciembre de 2016, o que hayan reincidido en la comisión de delitos luego de haberse desmovilizado de manera individual y/o colectiva, lo cual ya estaba establecido.

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