Lo que sigue en el caso de Martha Sepúlveda: una tutela en curso y Supersalud pidió explicaciones

Federico Redondo Sepúlveda, hijo de la mujer que había solicitado la eutanasia, aseguró, en entrevistas con diferentes medios de comunicación nacionales, que no descansará hasta cumplir la voluntad de su madre. La esclerosis lateral amiotrófica no tiene cura

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Federico Redondo Sepúlveda, hijo de
Federico Redondo Sepúlveda, hijo de Martha, aseguró, en entrevistas con diferentes medios de comunicación nacionales, que no descansará hasta cumplir la voluntad de su madre. La esclerosis lateral amiotrófica no tiene cura

El pasado domingo 10 de octubre era el día agendado para que Martha Sepúlveda se sometiera a su procedimiento de eutanasia. El sábado 9 de octubre, tan solo horas antes, la mujer y su hijo recibieron una notificación que les informaba que la cita había sido cancelada, pues, el hecho de que su estado de salud ‘no fuera terminal’, según explicó la institución médica encargada, hacía que, legalmente, no fuera correcto practicarlo. La indignación se apoderó de quienes han estado al frente del caso de doña Martha y ahora, con la declaración de lucha de ella para conseguir su cometido, entidades competentes piden explicaciones de la respuesta negativa ante el desarrollo del proceso que le permitiría a ella morir dignamente. Supersalud dio plazo de un día para esclarecer lo sucedido.

Inicialmente, el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) aseguró que el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad, luego de una reunión el pasado viernes, había cancelado la eutanasia bajo el argumento de que Martha, paciente de ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica), no cumplía con el criterio de terminalidad, aún y cuando en la primera reunión esa había sido la conclusión que había hecho que se diera luz verde a la muerte asistida de Martha. La defensa de la paciente aseguró que la cancelación había sido arbitraria e ilegal, sin embargo, el Ministerio de Salud se unió a la conclusión del comité y manifestó: “en relación con el comunicado de prensa que da a conocer la sentencia C-233 de 2021, la Corte Constitucional aún no ha notificado el fallo, por lo tanto, no se producen los efectos jurídicos derivados de la sentencia, dado que no es conocido el fallo en su integralidad”.

La Corte Constitucional desmintió lo anterior, y comentó que ya se había notificado el fallo desde el pasado mes de julio. Según comentó la entidad, desde el día siguiente de la notificación ya es permitido hacer uso del fallo. “Una sentencia de constitucionalidad produce efectos a partir del día siguiente a la fecha en que la Corte ejerció, en ese caso específico, la jurisdicción de que está investida, esto es, a partir del día siguiente a aquél en que tomó la decisión de exequibilidad (simple o condicionada) o inexequibilidad y no a partir de la fecha en que se suscribe el texto que a ella corresponde o el de su notificación o ejecutoria”, se lee en el comunicado entregado por el organismo.

Teniendo en cuenta esto, el grupo de abogados de DescLab, que representa a Martha Sepúlveda, interpusó una acción de tutela “para que los jueces conozcan su caso y protejan sus derechos fundamentales”. Los expertos, además, expusieron el Acta del Comité para Morir Dignamente de la IPS en el que se argumentó que la paciente tiene expectativas de vida que superan un tiempo de seis meses. Los abogados, en contraparte, se mantienen en decir que la enfermedad de Martha es, además de grave y dolorosa, incurable y degenerativa.

Martha Sepúlveda. (foto: El Diario)
Martha Sepúlveda. (foto: El Diario)

“Nos enteramos que la razón es que Martha, según ellos, no tiene una enfermedad terminal. Esta decisión es ilegítima y arbitraria porque la Corte Constitucional, a través de la sentencia C233 de 211 eliminó este requisito para acceder a la eutanasia (...) la están obligando a tener una vida que ella no está disputa a seguir viviendo con unos sufrimientos y dolores que son incompatibles con su idea de dignidad”, señaló Lucas Correa, abogado de DescLab, en testimonios rescatados por La FM.

De la misma manera, el presidente del Colegio de Médicos de Antioquia, Carlos Valdivieso, hizo un llamado a Martha y a su defensa para que agoten todos los recursos que le permitan a la paciente conseguir su cometido.

“Los médicos no aceptamos ningún otro tipo de presión sobre nuestras acciones. Evidentemente, hace parte del derecho de los médicos su autonomía, pero también el derecho de objeción de conciencia. En este caso, invitamos a la paciente a hacer uso de las herramientas jurídicas que le establece un Estado de Derecho como el colombiano”, puntualizó el especialista en RCN Radio.

Luis Alfredo Villa, experto en trastornos de sueño, migraña y Alzheimer, que también habló para esa emisora, comentó que la Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) no tiene cura y que, desde el momento en el que se diagnostica, los pacientes tienen pocas posibilidades de sobrevivir. “Una vez se diagnostica, prácticamente le quedan tres años de vida a la paciente, puede variar porque cada ser humano tiene un tipo de respuesta diferente, pero el 70 y 80% de las personas muere tres años después”, explicó el especialista que, además, detalló que este padecimiento daña las neuronas y genera en los pacientes debilidad muscular.

“La persona pierde fuerza en brazos y piernas, posteriormente, la capacidad de deglución, es decir, tragar, y luego la capacidad para respirar. Mueren en estado de asfixia, por eso necesitan equipos de apoyo que les den la posibilidad de respirar y muchas veces ayuda para alimentarse”, enfatizó.

La Superintendencia de Salud le pidió a la EPS Sura, encargada de adelantar el procedimiento, que en un plazo de dos días debe explicar, a detalle, el por qué de la cancelación del procedimiento de eutanasia sobre Martha. La directora de Inspección y Vigilancia para Entidades de Aseguramiento en Salud, Patricia Lozano Guarnizo, comentó que se necesita que la EPS informe de “las medidas adoptadas para garantizar el trámite con celeridad de la solicitud de morir con dignidad a través de la eutanasia manifestado por la señora Martha Liria Sepúlveda Campo, desde el 27 de julio, fecha en la que autorizó la revisión y evaluación del caso por la IPS Incodol y cuyo comité se pronuncia dos días antes de la realización del procedimiento programado, cancelándolo”.

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