Luego de que se diera a conocer por parte del presidente Iván Duque la reglamentación de las curules de paz, las cuales se eligirán el 13 de marzo de 2022, el Consejo Nacional Electoral informó de los límites de los montos que podrán ser invertidos en estas campañas electorales, las cuales harán campo en la Cámara de Representantes.
Por medio de la resolución 5877 de 2021, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral reglamentó los dineros que podrán ser manejados en las campañas, tarea que estará a cargo de un primer comité de seguimiento electoral, el cual hará vigilancia y control de la implementación de 16 curules que se entregarán a víctimas del conflicto armado.
Esta normativa fue compartida en un primer avance en medio de un evento en Montería, en el que participaron la presidenta del CNE, Doris Ruth Méndez; el ministro del Interior, Daniel Palacios; el registrador Alexánder Vega; la procuradora general Margarita Cabello; el contralor general Carlos Felipe Córdoba, entre otros funcionarios.
De acuerdo con la CNE, las medidas establecidas incluyen la fijación de los límites en los montos de gastos que serán ejecutados en las campañas electorales, regulación del reporte de gastos en la recolección de firmas de las candidaturas de los grupos significativos de ciudadanos, se definirá el número máximo de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas y vallas publicitarias, así como la regulación y manejo en las donaciones que se realicen por medio del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales.
Estos límites aplicarán a las campañas de cada una de las listas de candidatos postulados por las organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo las de las mujeres y grupos significativos de ciudadanos, así como los consejos comunitarios, los resguardos y las autoridades indígenas y las Kumpañy.
Ante esto, al igual que los demás aspirantes al Legislativo, deberán reportar los libros de contabilidad y entregarlos a Cuentas Claras, en donde se detallen los ingresos y gastos de las campañas en un informe final.
Por ende, el límite de gastos será acorde al censo electoral, es decir, entre un mayor censo de la circunscripción el tope de dinero será más alto, y fue explicado de la siguiente manera:
- En las circunscripciones transitorias de paz en las que el censo electoral este entre los cuatrocientos un mil (400.001) y seiscientos noventa mil (690.000) ciudadanos, la suma será de $1.346.186.146.
- En las circunscripciones que cuenten con un censo electoral entre doscientos un mil (200.001) y cuatrocientos mil (400.000) ciudadanos, la suma será de $1.320.525.729
- Otro grupo, será las circunscripciones transitorias de paz con un censo electoral igual o inferior a doscientos mil (200.000) ciudadanos, a los que les corresponderá la suma de $753.306.666.
En cuanto al valor a recibir por concepto de reposición por voto válido obtenido por los candidatos para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz 2022, en el articulado de esta resolución estipula que el valor será de $12.280.
Así será la tarea de la Unidad de Víctimas frente al decreto que reglamenta las 16 curules para las víctimas
El Gobierno nacional expidió el decreto 1207 del 5 de octubre de 2021 que reglamenta la elección de los representantes a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para los periodos 2022-2026 y 2026-2030.
En este decreto se establecen las tareas que debe cumplir la Unidad para las Víctimas con el fin de que aquellos colombianos afectados por el conflicto sean elegidos 13 de marzo de 2022 y puedan ocupar una de las 16 curules en la Cámara de Representantes.
Según el decreto expedido por el presidente Iván Duque, la Unidad para la Atención y Reparación para las Víctimas está facultada para la emisión de la certificación (Solicitud Certificación Candidatos Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz) en la que se corrobore que los aspirantes a las 16 curules son legítimas víctimas del conflicto: “la persona solicitante diligenciará el formulario dispuesto por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el cual se denominará Solicitud Certificación Candidatos Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, y deberá contener la información mínima requerida”.
En otro de los apartes del documento se establece que “la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas validará la información pertinente con el Registro Único de Víctimas, la Registraduría Nacional del Estado Civil y otras fuentes que resulten pertinentes. Una vez se efectúe dicha validación, se procederá a generar la correspondiente certificación”.
Según el mismo decreto 1207, “la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas dispondrá de una herramienta tecnológica a fin de emitir la Certificación Candidatos Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz”.
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