Durante la celebración del Bicentenario de la Constitución de Villa del Rosario en Cúcuta, el presidente Iván Duque anunció la firma del decreto que reglamenta las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, en el que hizo especial énfasis en que los excombatientes no podrán ocupar ninguno de los escaños especiales. Para los promotores de ese apartado del Acuerdo de Paz, el mandatario reitera, sin necesidad, una prohibición que estaba establecida desde la concepción misma de las curules en La Habana.
“Las víctimas que han sido flageladas y laceradas por la violencia merecen tener voz y voto en la deliberaciones del Congreso de la República de Colombia, y que debemos garantizar entre todos, que habilitarles las curules a ellos es para que sea genuinamente para las víctimas y no tener una sola rendija por donde los victimarios pretendan cooptarlo”, afirmó el presidente al anunciar la firma del decreto 1207 del 5 de octubre de 2021 que reglamente la elección.
El mandatario hizo el anuncio desde el Templo Histórico de Cúcuta, junto a varios mandatarios latinoamericanos que acompañaron la conmemoración de la Constitución de 1821. Pese a que era esperada la expedición del decreto, generó múltiples críticas por el énfasis que hizo el mandatario en la prohibición de que esas curules especiales sean ocupadas por victimarios o excombatientes de grupos armados. Por esa razón, la oposición y defensores del Acuerdo de Paz, aseguraron que el mandatario no había leído los documentos que generaron su origen.
“Que alguien le cuente al Presidente que tanto la reforma constitucional que creó las 16 Curules de Víctimas como el Acuerdo de Paz ya aclaraban que los ex combatientes NO podrán aspirar a ellas”, señaló la representante a la Cámara Juanita Goebertus.
“El gobierno señala en decreto reglamentario de curules para las víctimas que los excombatientes “no pueden” aspirar a ser elegidos. Presidente Iván Duque: esa prohibición está prevista en el texto del acuerdo de paz y en el acto legislativo que las crea. No leyeron el acuerdo”, agregó por su parte el exministro Juan Fernando Cristo.
La senadora y excombatiente Sandra Ramírez también criticó al mandatario. “En el Acuerdo de Paz se estipuló que las 16 curules de Paz serían EXCLUSIVAMENTE para las víctimas del conflicto armado. Queda claro que algunos no leyeron el Acuerdo y ahorita andan inventando cosas”, dijo y agregó: “El punto 2.3.6 del Acuerdo de Paz dice claramente que quienes tengan representación en el Congreso, INCLUIDO el Partido surgido del Acuerdo de Paz, NO podrán inscribir candidatos. Se quieren ganar méritos con algo que ya está escrito. A Colombia le falta la Paz con justicia social”.
Efectivamente, desde los acuerdos de La Habana, quedó establecido en el punto 2.3.6 que las Circunscripciones Transitorias Especiales estaba dirigida a la representación política y medida de reparación de las poblaciones más afectadas por el conflicto armado. Además, quedaba claro que ningún partido con representación política en el Congreso o personería jurídica, como tampoco el que surgiera de los excombatientes de las Farc, podría inscribir candidatos para esas curules.
La disposición quedó aún más clara en el parágrafo 3 del artículo transitorio 5 del acto legislativo 02 de del 25 de agosto de 2021, que dice: “Los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de Paz con el Gobierno nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos veinte años , no podrán presentarse como candidatos a las circunscripciones transitorias especiales de Paz”.
Pese a que esos dos precedentes, así como la Resolución de la Registraduría y el requisito de certificación del Registro Único de Víctimas, eliminaban la posibilidad de que los excombatientes aspiraran a las curules de paz, el Gobierno nacional los dispuso también en un artículo del decreto que reglamentó su elección.
En el artículo 12 del decreto, se lee: “Prohibición para inscribir candidaturas a las circunscripciones transitorias especiales de paz para miembros desmovilizados de grupos armados al margen de la ley. Los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de Paz con el Gobierno nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos veinte (20) años, no podrán presentarse como candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz”.
Adicionalmente se dispuso que el periodo de los últimos 20 años se refiere al periodo del 10 de diciembre de 1996 y el mismo día de 2016. El decreto reitera, en otro párrafo diferente al citado, que la prohibición aplica igualmente para “miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que se desmovilizaron a partir del 1 o de diciembre de 2016, o que hayan reincidido en la comisión de delitos luego de haberse desmovilizado de manera individual y/o colectiva”.
Esa redundancia normativa fue la que cuestionaron los promotores del Acuerdo de Paz y defensores de las curules especiales para las víctimas del conflicto armado, quienes tendrán la posibilidad de elegir 16 representantes a la Cámara de 2022 a 2026 y de 2026 a 2030.
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