Corte Constitucional amplió siete meses más el período de la Comisión de la Verdad

Con votación 8 a 0, el alto tribunal consideró que el espacio adicional otorgado protegerá a las víctimas que pidieron extender el tiempo del mecanismo de paz

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Bogotá. Noviembre 29 del 2018. En Corferias se llevó a cabo la inauguración de la Comisión de la Verdad. En la foto: Padre, Francisco De Roux. (Colprensa - Diego Pineda)
Bogotá. Noviembre 29 del 2018. En Corferias se llevó a cabo la inauguración de la Comisión de la Verdad. En la foto: Padre, Francisco De Roux. (Colprensa - Diego Pineda)

En la mañana de este viernes 1 de octubre y con una votación de 8-0, con impedimento de la magistrada Cristina Pardo, la Sala Plena de la Corte Constitucional extendió el periodo de la Comisión de la Verdad hasta el 27 de junio de 2022.

En ese orden de ideas, el periodo de socialización culminará el 27 de agosto de 2022 y que se dictó luego de la demanda impuesta por un grupo de víctimas del conflicto armado, en unísono con el Programa País de la Universidad de los Andes y el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia).

Entre tanto, en la decisión histórica de este viernes, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez aseguró que los tres años de duración que tendría la Comisión, según quedó estipulado en el acuerdo de paz entre las FARC y el gobierno de Juan Manuel Santos, no debía contabilizar el tiempo en que las cuarentenas y demás restricciones para contener el covid-19 atañeron a Colombia, lo que imposibilitó realizar las labores propias del organismo de paz.

“La Sala encuentra demostrado que la afectación al cumplimiento del mandato de la CEV por efecto de la pandemia, y las medidas adoptadas para su contención, fue extraordinaria, intensa y grave”, se lee en el aparte del fallo que se emitió este viernes.

Valga mencionar que la demanda antes descrita, que fue respalda por la organización dirigida por el padre Francisco de Roux, director de la Comisión de la Verdad, argumentaba que las medidas contra la pandemia dificultaron el funcionamiento de la entidad que busca encontrar todo lo relacionado con el conflicto armado colombiano que azotó al país por más de 50 años.

De igual manera, en el oficio se aseguraba que la extensión de funcionamiento de la Comisión de la Verdad debía ampliarse, pues de ejercer hasta la fecha que se estableció en un principio “se estarían vulnerando sus derechos e incumpliendo el Acuerdo de Paz”.

Francisco de Roux, President of the Truth Commission, second from left, speaks during a meeting with Colombia's former president Alvaro Uribe Velez, center, together with the commissioners of the peace commission, Leiner Palacios and Lucia Gonzalez, at the former president's house in Rionegro, Colombia August 16, 2021. Alvaro Uribe Velez's press team/Handout via REUTERS THIS IMAGE HAS BEEN SUPPLIED BY A THIRD PARTY. NO RESALES. NO ARCHIVES
Francisco de Roux, President of the Truth Commission, second from left, speaks during a meeting with Colombia's former president Alvaro Uribe Velez, center, together with the commissioners of the peace commission, Leiner Palacios and Lucia Gonzalez, at the former president's house in Rionegro, Colombia August 16, 2021. Alvaro Uribe Velez's press team/Handout via REUTERS THIS IMAGE HAS BEEN SUPPLIED BY A THIRD PARTY. NO RESALES. NO ARCHIVES

La demanda se hizo en contra de los artículos 1 y 24 del Decreto 588 de 2017 que creó la entidad como un mecanismo de carácter temporal y extrajudicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

En ese sentido, el organismo creado tras las negociaciones en La Habana, Cuba, le aclaraban a la Corte que hoy falló a su favor, que el trabajo que realizaban con los actores de la guerra era principalmente presencial dado que muchas de las víctimas expresaban temor de hablar virtualmente, además de que el coronavirus les impidió viajar y así mismo, por temor a contagiarse, no podían movilizarse con normalidad.

El exjefe paramilitar Salvatore Mancuso rinde un testimonio en una video conferencia  ante la comisión de la verdad, mientras el presidente de la comisión, Francisco de Roux, observa en Bogotá, Colombia, 4 de agosto, 2021.  REUTERS/Nathalia Angarita
El exjefe paramilitar Salvatore Mancuso rinde un testimonio en una video conferencia ante la comisión de la verdad, mientras el presidente de la comisión, Francisco de Roux, observa en Bogotá, Colombia, 4 de agosto, 2021. REUTERS/Nathalia Angarita

Luego de dichas argumentaciones, el tribunal acogió las premisas y declararon entender la imposibilidad que tuvieron de ejercer durante la emergencia sanitaria que afecta a Colombia desde marzo del 2020: “Extraordinaria, en tanto, la imprevisibilidad e incertidumbre que rodeó la pandemia no se puede asimilar a ningún otro evento de ralentización del aparato estatal o crisis pública, o a ninguna otra situación extraordinaria experimentada durante la historia republicana del país. Intensa, por cuanto está demostrado que redujo en más del 80 % el volumen de actividades realizadas en cada uno de los frentes de trabajo de la CEV. Y grave, por cuanto, según lo informado por la propia CEV, en algunos frentes será imposible recuperar el tiempo perdido por efecto de la pandemia”, reza el fallo.

Recordemos que, aunque la junta directiva de la Comisión argumentaba que el prolongamiento del funcionamiento de la entidad contribuiría con la verdad de la guerra del país, el Gobierno nacional aseguraba que ese mecanismo, al igual que las demás entidades del Estado, tuvieron que acoplarse para funcionar de manera virtual en medio de la pandemia.

La Corte también se pronunció al respecto en el fallo y dijeron: “(...) Esta apreciación pierde de vista que la garantía del derecho a la verdad demanda del Estado la provisión de las condiciones necesarias para su ejercicio”, donde también destacaron la importancia de la presencialidad para conocer los relatos de los actores del conflicto armado.

“La reconstrucción de la verdad sin enfoque territorial, sin enfoque de género y sin la participación protagónica de las víctimas no honra lo pactado en el acuerdo final en relación con la garantía del derecho fundamental a la verdad, y por lo mismo resulta inválida según lo previsto en el Acto Legislativo 02 de 2017″, se lee en la decisión que emitió la Corte Constitucional en la mañana de este viernes.

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