Ya no tendrán que renovar la licencia de conducción en enero en Colombia, tendrán plazo hasta 2024

El beneficio se encuentra en la ley que estableció descuentos para el pago del seguro obligatorio para los conductores que no protagonicen accidentes

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Renovación de la licencia de
Renovación de la licencia de conducción. Fotos Colprensa / Luisa González.

El proyecto de ley del SOAT quedó aprobado en el Congreso. La norma busca generar incentivos, a través de descuentos, para disminuir la evasión en el pago de las pólizas e incentivar las buenas prácticas de manejo. Además, en último debate se incluyó una extensión en el plazo de renovación de la licencia de conducción que beneficiará a más de cuatro millones de conductores.

Aunque la iniciativa se enfoca directamente en descuentos para el pago del SOAT por cumplimiento y buenas prácticas, incluyó en último debate un beneficio para los conductores. De acuerdo con la senadora Ana María Castañeda, autora de la ley, los más de 4.7 millones de colombianos que tenían que renovar su licencia de conducción en enero de 2022 tendrán un plazo de dos años para hacerlo.

Hay que recordar que en el Código Nacional de Tránsito expedido en 2002, se había establecido que las licencias de conducción para vehículos particulares tendrían una vigencia indefinida. Sin embargo, el artículo 22 que lo establecía, fue modificado por el decreto 019 de 2012 que intervino en los trámites administrativos.

En ese decreto se delimitó la vigencia del “pase” así: “Las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de diez (10) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad, de cinco (5) años para personas entre sesenta (60) años y ochenta (80) años, y de un (1) año para mayores de ochenta (80) años de edad”.

En ese sentido, las personas que recibieron su licencia antes de la expedición del decreto de 2012, cuando se entregaba sin fecha de expiración o indefinida, tendrían que cumplir con el trámite de renovación del documento el 10 de enero de 2022, cuando entrara en vigencia la disposición establecida hace 10 años.

Esos conductores y conductoras, para renovar su licencia, como lo estableció el decreto, deben cumplir también con los requisitos. Es decir que para renovar el documento, deberán asumir el valor del trámite de renovación de la licencia de conducción y el costo de un nuevo examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz.

El proceso implicaba costos para más de 4.7 millones de ciudadanos para cumplir con el trámite. Algunos de los cuales, seguramente, se habrían visto afectados por la pandemia de covid-19 y las dificultades económicas que conllevó la emergencia sanitaria.

Por esa razón, varios senadores hicieron una proposición en el último de la Ley del SOAT, para que se ampliara el plazo de renovación en dos años más, es decir, hasta enero de 2024, con el fin de que los conductores y conductoras puedan realizar la inversión cuando hayan mejores condiciones financieras.

Es decir que los colombianos que tengan una licencia de conducción sin fecha de expiración tendrán un plazo de dos años para cumplir con la exigencia. “De esta manera, se propende por ofrecerle a los ciudadanos alivios económicos que les permitan cumplir con otras obligaciones que tienen relevancia en término de seguridad vial, como es el caso del Seguro Obligatorio de Accidente de Transito (SOAT)”, señalaron los congresistas.

Así las cosas, en la Ley de SOAT se incluyó un artículo transitorio que dice: “Suspensión del vencimiento de las Licencias de Conducción. Suspéndase por el término de dos (2) años contados a partir de 31 diciembre de 2021, el vencimiento de las licencias de conducción a que se refiere el artículo 22 de la Ley 769 de 2002 modificado por el articulo 197 del Decreto Ley 019 de 2012, que venzan entre el 1 y el 31 de enero del 2022″.

La renovación de la licencia tiene un costo, para 2021, de 85.900 pesos para los vehículos y 145.500 para motocicletas. Cabe recordar que para cumplir con el trámite se debe contar con la cédula de ciudadanía original, estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito o en plan de pago, pagar el costo de los derechos del trámite y el certificado de examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir.

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