Estos son los requisitos que debe cumplir para poder trasladarse a Colpensiones

Le explicamos los trámites y documentos que debe realizar si desea aprovechar la aministía propuesta por el Gobiern y pasarse de una entidad privada a la cuenta del Estado.

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Estos son los requisitos que
Estos son los requisitos que debe cumplir para poder trasladarse a Colpensiones REUTERS/Luis Jaime Acosta.

Dentro del Presupuesto General de la Nación que se evaluó en el Congreso, se incluyó el artículo 104, el cual propone que 19.000 colombianos que se encuentran cerca de completar su tiempo de pensión puedan regresar a los fondos públicos, fue aprobado por las comisiones económicas del Senado y la Cámara de Representantes el pasado miércoles 22 de septiembre.

El artículo 104 dice que, durante la vigencia de 2022, se permitirá el traslado de afiliados del Régimen de Ahorro Individual (Rais), gestionado por las AFP, al Régimen de Prima Media (RPM), siempre y cuando sean hombres mayores de 52 años o mujeres mayores de 47 años.

Sin embargo, la decisión del Congreso solo aplicará para los colombianos que ya estén a punto de solicitar su pensión y que tengan más de 750 semanas cotizadas. Es decir, no todas las personas podrán trasladarse de fondo de pensiones, sí pueden hacerlo de entidad privada a otra privada pero no a Colpensiones.

“Entendiendo las expectativas de muchos colombianos, que ahorraron más de la mitad de su vida laboral en el RPM, y que actualmente se encuentran cotizando en los fondos privados, llegamos a un consenso con el Congreso para incluir esta opción, toda vez que no tiene un impacto fiscal tan significativo y resuelve la preocupación de muchos trabajadores”, aseguró Jesús Antonio Bejarano, viceministro técnico del Ministerio de Hacienda.

Requisitos para el traslado:

  • El ciudadano debió cotizar al menos 750 semanas en Colpensiones o en el Seguro Social, antes de haberse pasado a el fondo privado, es decir, que tuvo que permanecer por 13 años en la entidad.
  • Las mujeres deberán ser mayores de 47 años y los hombres mayores de 52 años.

Por el momento, esta opción es válida solo para 2022 y para aquellas personas que estuvieran cotizando en algún momento con la entidad y luego se trasladaron. Sin embargo, se estudia que la medida sea extendida de manera indiscriminada a todos los ciudadanos y no solo aplique a los que en algún momento cotizaron pensión en Colpensiones.

Un adulto mayor posa para
Un adulto mayor posa para una fotografía el 20 de julio de 2020 en una calle de Santiago (Chile). EFE/ Alberto Valdés/Archivo

Según el documento depositado por el legislador, se busca que por un año se pueda trasladar de régimen a todos los colombianos sin restricción de edad. La única excepción es que solo se permitiría el trámite para los que aún no se han pensionado. Uno de los riesgos de el cambio masivo es que los usuarios pierdan derechos y que se desconozcan sus nuevas normativas en un nuevo régimen.

Cambios en las pensiones, estos son algunos de los proyectos que se tramitan en el Congreso:

Se debate otro proyecto de ley que espera aprobación, esta vez, impulsado por Jhon Jairo Berrío, representante a la Cámara por el partido Centro Democrático. En la actualidad, quienes deseen pensionarse deben cumplir el requisito de tener 1.300 semanas cotizadas en el régimen de prima media (los ahorros van a un fondo común) y 1.150 en el de ahorro individual.

Lo que el congresista propone es que los ciudadanos pueden pensionarse con tan solo 900 semanas cotizadas y que las faltantes sean descontadas de la mesada, una vez la reciban.

“Que si la persona ya cumplió la edad y tiene más de 900 semanas cotizadas, empiece a recibir de inmediato su pensión y de allí se le descontará su aporte pensional”, explicó Berrío al diario El Tiempo.

De ser aprobado, los trabajadores informales del país también se verían acogidos por el proyecto del representante a la Cámara. Su apuesta es que el Estado les subsidie el 50 por ciento de la pensión, específicamente a quienes ganen hasta un salario mínimo. Así, la cotización de las semanas correría por cuenta de ambas partes, mitad y mitad.

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