Santiago Arias, defensa de la selección Colombia y el Granada de España, no deberá darle 8.000 millones de pesos a Arieh Guberek Grimberg, quien fue su representante cuando comenzó su carrera en Envigado. Así lo decidió la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, al confirmar, en segunda instancia, la nulidad de un contrato que ambos firmaron cuando el lateral paisa tenía 18 años.
El caso remonta a 2011, cuando Arias firmó un contrato de cesión vitalicio por el 50% de sus derechos deportivos con el empresario Guberek Grimberg. En su demanda inicial, asesorado por el bufete de abogados de Abelardo de la Espriella, el exrepresentante pretendía recibir la mitad de salarios, pagos por mundiales y demás ganancias económicas.
En mayo de este año, el juzgado 41 civil del circuito de Bogotá declaró nulo el contrato por la Ley 181 de 1995. Esta, en su artículo 32, regula que solo los clubes pueden ser copropietarios de los derechos de los deportistas. Incluso, el empresario debía indemnizar al futbolista por 250.000 euros, lo que en su momento equivalía a más de 1.100 millones de pesos
Ahora, en segunda instancia, a pesar de confirmarse que no tendrá derechos a parte de las transacciones económicas del jugador, Guberek Grimberg se libró de pagar la elevada suma que le debía a Arias. Así lo confirmó Carlos Sánchez Cortés, abogado del bufete de Alejandro de la Espriella.
“En esta sentencia se revocó la sentencia de primera instancia. En ese sentido, se ordenó que Arieh Guberek Grimberg nada tiene que restituir o devolver a Santiago Arias Naranjo. Toda vez que el Tribunal encontró, totalmente ajustado a derecho y de conformidad con las pruebas, que efectivamente cumplió con las obligaciones que le correspondían en el contrato y que le permitió acceder a dicha remuneración”, aseveró el apoderado en un comunicado, quien recalcó que la Fiscalía General de la Nación deberá determinar si el futbolista incurrió en falsa denuncia o fraude procesal.
A pesar de darle la razón a la defensa del empresario por los montos que debía cancelar a Arias, de todas formas, según El Tiempo, Guberek Grimberg deberá asumir los costos del proceso. A su vez, recalcó la decisión del juzgado de primera instancia.
“Tampoco puede aceptar la Sala que se presente el contrato de cesión de derechos deportivos bajo una denominación diferente, toda vez que la nulidad absoluta, como lo anotó la funcionaria de primera instancia, no proviene de la titulación del contrato, sino de su objeto ilícito; por tal motivo, indistintamente de que se tratara de una venta, una donación o una enajenación [gratuita u onerosa], lo que impedía la norma plurievocada era que su beneficio recayera en una persona ajena al club o al jugador,como en efecto aquí ocurrió al intentar depositarlos en un particular”, dictó el Tribunal, según recogió El Tiempo.
Finalmente, Sánchez Cortés dijo que se revisarán los argumentos legales y las pruebas para determinar los recursos procedentes para preservar los derechos de su cliente.
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