Paloma Valencia pide tumbar curules de paz por vicios de trámite

Según la senadora del Centro Democrático, los 50 votos que alcanzó el proyecto no son suficientes a pesar de que el alto tribunal constitucional determinó lo contrario

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Con la austeridad como propósito, Paloma Valencia radicó proyecto para reducir el Congreso a casi la mitad. Foto: Colprensa
Con la austeridad como propósito, Paloma Valencia radicó proyecto para reducir el Congreso a casi la mitad. Foto: Colprensa

La senadora Paloma Valencia le pidió a la Corte Constitucional tumbar, de nuevo, el proyecto de acto legislativo que le dio vida a las 16 curules de paz explicando que en 2017, cuando el Senado lo votó, no logró la mayoría absoluta y además denunció vicios en el proceso ya que, según ella, el texto aprobado en la Cámara no fue el mismo que se discutió en el Senado.

Valencia explica que ese día (noviembre de 2017) el Senado logró 50 votos por el sí y 7 por el no que, a pesar de ser mayoría aplastante, era necesario sacar la mitad más uno de los votos del total de senadores que habían sido elegidos para el periodo 2014-2018. Es decir, dicha Cámara necesitaba 52 votos por el sí dado que son 102 congresistas. Esa fue la razón, de hecho, por la que ese día se determinó que el proyecto se hundió.

Pero la tutela que interpuso el senador Roy Barreras y en la que se basó la Corte Constitucional para revivir las 16 circunscripciones especiales, se explica que ese día había cuatro ‘sillas vacías’ de senadores que estaban en líos de corrupción, es decir, que el total de congresistas era de 98 y por lo tanto la mayoría más uno era de 50, el total de votos que se lograron.

Aunque la Corte solo reconoció tres sillas vacías (sanción en la que se pierde la curul y el partido no puede reemplazarlo), dejando el quórum en 99 senadores, lo que todavía le alcanzó al proyecto para pasar. Sin embargo, Valencia en el documento dice que aun así, se debería mantener el 52 para aprobar proyectos de acto legislativo ya que esto “podría dar lugar a una equivocada interpretación en la que podría alegarse una inexistencia de representación”.

También explica que el artículo 134 de la Constitución Política dice que solo se permitirá la reconfiguración de cámaras cuando los efectos de la silla vacía reduzca los miembros del Congreso a la mitad o menos porque podría existir un vacío en la representación. Para la senadora este no fue el caso ya que solo había tres sillas.

En otro punto Valencia dice que la Corte deberá revisar los informes de conciliación que se votaron en el Senado y la Cámara de representantes dado que tenían diferencias.

“... la discrepancia existente entre el texto citado en la Plenaria de la Cámara de Representantes y el citado por la plenaria del Senado de la República, indica que no hubo una conciliación del texto. Como se puede advertir en las actas, en un primer momento el Senado votó y aprobó un texto diferente al votado por la plenaria de la Cámara de Representantes, y para enmendar el error repitieron la votación del Senado y volvieron a votar esta vez el texto aprobado en la Cámara de Representantes, lo cual supone un vicio insubsanable y en consecuencia el acto legislativo debe declararse inexequible por vicios en la formación del mismo”, concluyó la senadora.

Por otro lado, la Misión de Observación Electoral (MOE) participó en la audiencia pública convocada por el Consejo Nacional Electoral solicitada por algunos representantes a la Cámara debido a las preocupaciones que existen alrededor de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz.

Dentro del llamado, destaca que se deben determinar reglas claras frente a la creación de nuevos puestos de votación en zonas rurales en las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz. Para ello, Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral, recuerda que “a diferencia de lo que ocurre para las elecciones ordinarias que cuentan con 10 meses como periodo de inscripción de cédulas, en el caso de las circunscripciones especiales de paz sólo contarán con dos meses, ya que hasta que no se establezcan claramente los puestos de votación, no se podrá inscribir la cédula en estos nuevos puestos”.

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